Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 06/10/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 21 de septiembre de 2006, del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Seis de Huelva, dimanante del procedimiento de divorcio núm. 478/2006.

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NIG: 2104142C20060003112.

Procedimiento: Divorcio Contencioso (N) 478/2006. Negociado: MJ.

De: Doña Manuela Oliva Parrales.

Procuradora: Sra. Esther Agudo Alvarez.

Letrado: Sr. Márquez Barba, Alfonso.

Contra: Don Manuel Jesús Navarro Bravo.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Divorcio Contencioso (N) 478/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Huelva a instancia de Manuela Oliva Parrales contra Manuel Jesús Navarro Bravo sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Huelva, a veintiuno de septiembre de dos mil seis.

Vistos por mí, don Enrique Clavero Barranquero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Seis de esta ciudad, los presentes Autos de Juicio Verbal de Divorcio registrados con el número 478 de 2006, y seguidos entre partes, de una y como demandante, doña Manuela Oliva Parrales, representada por la Procuradora doña Esther Agudo Alvarez y asistida por el Letrado Sr. Márquez Barba, y de otra y como demandado, don Manuel Jesús Navarro Bravo, en situación procesal de rebeldía.

F A L L O

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda

formulada por doña Manuela Oliva Parrales y, en consecuencia, por las razones expresadas en la precedente Fundamentación Jurídica, debo acordar y acuerdo la disolución por divorcio del matrimonio formado por doña Manuela Oliva Parrales y don Manuel Jesús Navarro Bravo, ratificando y confirmando las medidas adoptadas mediante la Sentencia dictada con fecha 18 de octubre de 1993, en los autos separación núm. 104/93 de este Juzgado (excepción hecha de aquellas que han devenido sin efecto "ope legis" por la mayoría de edad de los hijos de los litigantes), sin efectuar expresa condena en costas a ninguno de los litigantes.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Manuel Jesús Navarro Bravo, extiendo y firmo la presente en Huelva a veintiuno de septiembre de dos mil seis.- El/La Secretario.

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