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En fecha 16 de octubre de 2006, se ha dictado la siguiente Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación de Córdoba.
"RESOLUCIÓN DE 16 DE OCTUBRE DE 2006, DE LA DELEGACION PROVINCIAL DE EDUCACION DE CORDOBA, POR LA QUE SE ACUERDA LA REMISION DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO REQUERIDO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NUMERO CUATRO DE CORDOBA EN EL RECURSO CONTENCIOSO-AMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO ORDINARIO NUM. 513/2006, PROMOVIDO POR DOÑA MARIA ASUNCION DE BUSTAMANTE SANTANA Y DON MANUEL JESUS VERDU PERAL Y SE NOTIFICA A LOS POSIBLES INTERESADOS LA INTERPOSICION DEL MISMO".
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Cuatro de Córdoba, se ha efectuado requerimiento para que se remita el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario núm. 513/2006, interpuesto por doña María Asunción de Bustamante Santana y don Manuel Jesús Verdú Peral, contra la Resolución de 25 de julio de 2006 de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
Y se ordena a la Administración demandada, que la Resolución que se dicte acordando remitir el expediente, la notifique en el plazo de cinco días a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en este recurso en el plazo de nueve días.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo núm. P.O. 513/2006.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 78, en relación con el 49.1, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador. o sólo con Abogado con poder al efecto. Haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse, ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.
Córdoba, 16 de octubre de 2006.- La Delegada, María Dolores Alonso del Pozo.
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