Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 10/04/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE CULLAR VEGA

ANUNCIO de bases.

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BASES GENERALES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE LIMPIADORES/AS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE ESTA CORPORACION MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICION LIBRE

1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad mediante el sistema de oposición libre de dos plazas de Limpiadores/as, de la plantilla laboral del Ayun­tamiento de Cúllar Vega, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 2005, con las retribuciones que le correspondan según la normativa vigente.

Esta plaza está asimilada a las del Grupo E, de los estableci­dos en el art. 25 de la Ley 30/84 de 2 de agosto.

1.2. A la presente oposición le será aplicable la Ley 30/84 de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases de Régimen Local, R.D.L. 781/86 de 18 de abril, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, R.D. 896/91, de 7 de junio, R.D. 364/1995, de 10 de marzo y legislación laboral vigente, así como las bases de la presente convocatoria.

1.3. El contrato de trabajo será a jornada completa y el horario se adaptará a las exigencias técnicas de la programación general de este servicio.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a las pruebas convocadas los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

1. Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.

2. Tener cumplidos 18 años de edad.

3. Estar en posesión del titulo de Certificado de Escolaridad, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

4. No padecer enfermedad o defecto físico que impida la realización del trabajo.

5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

6. No estar incurso en causa vigente de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa vigente.

3. Instancias y documentos a presentar.

3.1. Los aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que se publica en el Anexo II de la presente convocatoria en el Registro General del Ayuntamiento de Cúllar Vega de lunes a viernes de 9,30 a 13,30 horas, donde será debidamente registrada.

El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Sr. Alcalde Presidente de la Corporación bastando que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 2 de la presente convocatoria, referida a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias con la excepción del titulo académico exigido en la base 2.1., fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5. Los derechos de examen serán de 12 euros que se ingresarán en: La Caixa (Sucursal de Cúllar Vega) C/C núm. 2100 5666 88 0200005385, o bien mediante giro postal dirigido al Ayuntamiento de Cúllar Vega, o por transferencia dirigida a la C/C antes indicada, de conformidad con el art. 38.7 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

A la instancia habrá de adjuntarse justificante del ingreso indicado expedido por el órgano competente.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento dictará Resolución a propuesta del Tribunal seleccionador declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose en el Tablón de anuncios de la Corporación.

4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos, que en los términos del art. 71 de la Ley 30/92 se concede a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

4.3. La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría tercera de las recogidas en el art. 30.1 C) del R.D. 462/2002 de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El Sr. Alcalde de este Ayuntamiento y como suplente el Concejal en quien delegue.

Vocales:

- Un funcionario o personal laboral fijo del Ayuntamiento designado por el Alcalde.

- El Delegado de Personal o, para el caso que no lo hubiere, un representante de los trabajadores del Ayuntamiento designado por ellos.

- Un representante de la Diputación Provincial de Granada del área de desarrollo local y su correspondiente suplente.

- Un representante de la Junta de Andalucía y su correspondiente suplente.

Secretario: El Secretario de la Corporación o persona en quien delegue y su suplente que actuará con voz pero sin voto.

5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6ª de la presente convocatoria.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y la mitad al menos de sus vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión el titular o bien su suplente.

5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.

5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92 o se hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.6. Podrá cualquier interesado promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

5.8. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que de oficio deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.9. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna.

6. Procedimiento de selección.

La selección se efectuará por el procedimiento de oposición libre según las siguientes normas:

6.1. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4.ª de la presenta convocatoria, en la que se expresará también el lugar y hora de realización del mismo.

6.2. La fecha, lugar y hora de realización de los ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 48 horas en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor, debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

6.4. En cualquier momento podrá el Tribunal requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.5. Los candidatos deberán acudir a las pruebas y actuaciones provistos del DNI, pasaporte o carnet de conducir.

6.6. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético del primer apellido, comenzando con la letra "F" (Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 de enero de 2005, BOE núm. 14 de 17 de enero).

6.7. La oposición constará de los siguientes ejercicios todos obligatorios y eliminatorios:

a) Primer ejercicio (Teórico).

De carácter obligatorio para todos los aspirantes y consistirá en contestar por escrito, en un período máximo de una hora, un examen test de 60 preguntas con tres respuestas alternativas, elaborado por el Tribunal antes de su realización con los temas del Anexo I tanto los de carácter general como los de carácter específico relacionadas con el grupo de materias del programa de la convocatoria. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, le corresponderá 5 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas incorrectas se invalidará una correcta y por cada cuatro preguntas no contestadas se invalidará una correcta.

C) Segundo ejercicio (Práctico).

Este ejercicio consistirá en la contestación de un supuesto práctico confeccionado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, relacionado con las materias contenidas en el temario específico. La calificación del ejercicio será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por los/as miembros del tribunal hasta un máximo de 10 puntos.

7.º Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

b) Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

La puntuación del primer y segundo resultará de la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.

La calificación definitiva se obtendrá sumando la puntación conseguida por cada uno de los aspirantes en cada uno de los ejercicios superados.

8. Relación de aprobados/as y propuesta del Tribunal.

8.1. Terminada la calificación de la segunda prueba, el Tribunal confeccionará una lista de aprobados/as, ordenados de mayor a menor puntuación, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante, en caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, si persistiese el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio y la publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Cúllar Vega

8.2. El Tribunal elevará al Alcalde propuesta de contratación de personal laboral a favor del/la aspirante con mayor puntuación, siendo aquélla de carácter vinculante. Dicha propuesta será publicada en el BOP.

8.3. El opositor que no se halle incluido en la relación tendrá la consideración de no apto a todos los efectos.

8.4. El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

9. Presentacion de documentos.

9.1. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en la Secretaría General de esta Corporación los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.

9.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

9.3. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de las mismas se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las bases de la presente convocatoria, no podrán ser nombrados como contratados laborales fijos y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.4. El plazo para la firma del contrato laboral indefinido será de 30 días naturales al de la notificación al interesado del nombramiento como laboral fijo.

10. Recursos.

La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados, en los plazos y forma establecidos por la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas e incidencias puedan presentarse y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo del proceso selectivo.

ANEXO I

TEMARIO GENERAL

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Significado. Principios Generales.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. El Municipio: concepto. Organización municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Junta de gobierno local

TEMARIO ESPECIFICO

Tema 1. Las garantías higiénico-sanitarias que deben tener las dependencias y oficina municipales y colegios públicos.

Tema 2. Funciones y cometidos de los operarios de limpieza.

Tema 3. Las dependencias y oficinas municipales, colegios públicos, formas de limpiarlos y utensilios utilizados.

Tema 4. Tipos de productos de limpieza utilizados en las dependencias oficinas municipales y colegios publicos.

Tema 5. La d esratización y desinfección de las dependencias oficinas municipales y colegios públicos.

Tema 6. Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: objeto y ámbito de aplicación. Nociones básicas de seguridad e higiene en el trabajo.

Tema 7. Sistemas individuales de protección de riesgos laborales.

ANEXO II

Modelo de solicitud

Don/Doña ........................................................................................................................................ DNI ..................................................... Lugar a efectos de notificaciones....................................................................................................................................................................... Población ................................................................................................................... Codigo Postal .................................................................. Provincia ................................................................................... Telefono de contacto ....................................................................................... Edad ......................................................................... Nacionalidad ..................................................................................................................... Convocatoria: Limpiadores/as. Fecha BOE ...................................................................................................................................................... Titulación ..........................................................................................................................................................................

Documentación que se adjunta:

1. Resguardo del ingreso de los derechos de examen.

2. Fotocopia del titulo exigido para el ingreso o documento oficial de solicitud.

3. Fotocopia del DNI.

El/la abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en la solicitud.

En............................................................... a ............................... de ................................................... de 200.............

Firma

Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Cúllar Vega (Granada).

Cúllar Vega, 13 de febrero de 2006.- El Alcalde, Juan de Dios Moreno Moreno.

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