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De conformidad con los arts. 59.5 y 61 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican,
por medio de su anuncio, haciendo saber a los interesados que, conforme al art. 44 del Decreto 282/2002, los padres biológicos del menor podrán comparecer en un plazo de quince días en este Organismo, sito en C/ Ancha de Gracia, núm., de Granada, desde la notificación de esta Resolución, a fin de poder presentar las alegaciones y documentos que estimen convenientes y conocer el contenido íntegro del procedimiento.
Expte.: 173/05. Que con fecha 30 de marzo de 2006, se ha dictado Resolución de Ratificación del Desamparo Provisional y Acogimiento Residencial y Acuerdo de Inicio del Procedimiento de Acogimiento Familiar, respecto de la menor R.N. hija de Aurora Fernández Heredia (o Asunción Fernández Amador), nacida el día 30 de septiembre de 2005, pudiendo formular reclamación ante el Juzgado de 1.ª Instancia-Familia de esta capital.
Granada, 30 de marzo de 2006.- La Secretaria General, Pilar Vidal Sánchez-Palencia.
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