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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
ConceptoIVA incluido
Tarifa 1
Bajada de bandera1,06 euros
Por kilómetro recorrido0,56 euros
Hora de espera14,39 euros
Carrera mínima2,75 euros
Tarifa 2
Bajada de bandera1,31 euros
Por kilómetro recorrido0,71 euros
Hora de espera17,96 euros
Servicio urbano nocturno (de 22 a 6 horas),
domingos y festivos carrera mínima3,42 euros
Suplementos:
Por cada maleta o bulto de más de 60 cm0,46 euros
Sábados a partir de las 15 horas hasta
las 22 horas0,49 euros
Servicios especiales
Servicio aeropuerto-ciudad y viceversa en un
sólo sentido, será incrementado con un
suplemento sobre el marcador del taxímetro de3,50 euros
Servicio mínimo desde el aeropuerto a las
barriadas de Costacabana, La Cañada de
San Urbano y El Alquián9,78 euros
Espera en estaciones marítimas y ferrocarril0,49 euros.
La tarifa 2 será de aplicación en los supuestos siguientes:
- Servicios nocturnos en días laborables, desde las 22 a las 6 horas.
- Servicios en días festivos, desde las 00,00 a las 24,00 horas.
- Días de Feria, Navidad y Año Nuevo, (desde el día 24 de diciembre, al 6 de enero).
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,
publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 26 de julio de 2005.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.
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