Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 10/05/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. CUATRO DE MARBELLA (ANTIGUO MIXTO NUM. CUATRO)

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 325/2002. (PD. 1644/2006).

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NIG: 2906943C20024000241.

Procedimiento: Proced. ordinario (N) 325/2002.

Negociado: MC.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de 1.ª Instancia núm. de Marbella (Antiguo Mixto núm. Cuatro).

Juicio: Proced. ordinario (n) 325/2002.

Parte demandante: Jon Vincent Woods y Nicola Suy Yin Woods.

Parte demandada: Finca La Cerquilla, 27, S.L., Ricardo Charro Dalla Lasta, Felipe Recordón Martín, Mercantil Delgado y Ríos S.L. y Jardinería Natural, S.L.

Sobre: Proced. Ordinario (N).

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

Cédula de emplazamiento. Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cuatro de Marbella.

Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: Mercantil Delgado y Ríos S.L. en concepto de parte demandada.

Domicilio: Centro comercial Guadalmina 4, local 68, o Avda. Oriental, Plaza Juan Macías, "Edf. Levante", Ofc. de San Pedro de Alcántara.

Objeto del Emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del auto de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer: En la sede de este Juzgado.

Plazo para comparecer: Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

Prevenciones legales.

Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).

La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC).

Debe comunicar a este Tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LEC).

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 8.6.05 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para llevar a efecto la diligencia de emplazamiento a la demandada Delgado y Ríos, S.L.

En Marbella, 21 de abril de 2006.-La Secretaria Judicial.

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