Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 31/07/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Acuerdo de 17 de julio de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se amplían las plantillas de personal docente dependiente de la Consejería.

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La apertura de nuevos centros escolares, como consecuencia de la aplicación de la red de nuevos centros docentes en Andalucía, el incremento en la demanda de plazas y enseñanzas en centros públicos, la generalización de la educación infantil, la implantación de las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la incorporación de profesorado de nuevas especialidades, la disminución de la relación alumnado/unidad en determinados centros, la potenciación de las funciones de tutoría y orientación, el desarrollo constante de programas de educación compensatoria y de educación permanente de personas adultas, así como de enseñanzas de régimen especial, la implantación de las nuevas tecnologías aplicadas a la enseñanza, el desarrollo de centros docentes bilingües y la ampliación de los servicios que prestan los centros educativos, requieren aumentar las dotaciones del profesorado en los diferentes cuerpos docentes.

Particularmente, en el curso 2007/08 se produce un importante crecimiento en el número de centros de educación primaria y educación secundaria que imparten enseñanza bilingüe al alumnado, en desarrollo del Plan de Fomento del Plurilingüismo, aprobado por Acuerdo de 22 de marzo de 2005, del Consejo de Gobierno, y en los centros que desarrollan proyectos para la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación a la educación (Centros TIC). Por otra parte, la implantación de los cursos primero y segundo de educación primaria y primero y tercero de educación secundaria obligatoria, así como determinadas enseñanzas de régimen especial, de acuerdo con lo recogido en el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, supone un importante esfuerzo en la dotación de profesorado.

Igualmente, se va a reforzar de manera considerable la dotación de orientadores en los equipos de orientación educativa y se va a continuar desarrollando una serie de medidas iniciadas en cursos anteriores tendentes a mejorar las prestaciones que los centros educativos ofrecen a su alumnado y a las familias, lo que requiere, asimismo, un considerable esfuerzo en la dotación de personal docente.

Por todo ello, a propuesta de la Consejería de Educación, con informes favorables de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Justicia y Administración Pública, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 17 de julio de 2007,

ACUERDA

Primero. Con efectos de 1 de septiembre de 2007, se amplían las plantillas de los Cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en las plazas que se recogen a continuación:

- Funcionarios docentes del grupo B: 441

- Funcionarios docentes del grupo A: 552

Segundo. La Consejería de Educación y la Consejería de Economía y Hacienda instrumentarán los medios, disposiciones o resoluciones administrativas necesarios para el cumplimiento del presente Acuerdo.

Sevilla, 17 de julio de 2007

manuel chaves gonzález

Presidente de la Junta de Andalucía

cándida martínez lópez

Consejera de Educación

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