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En el recurso contencioso-administrativo núm. 691/2002, interpuesto por Áridos y Hormigones Miguel Castillo, S.L., siendo la actuación administrativa recurrida la Resolución de fecha 1 de abril de 2002 recaída en expediente sancionador núm. «99/2001 IEM» Iniciado por realizar una explotación ilegal de aprovechamiento de recursos sin autorización de la autoridad minera, por la que se sanciona a la actora con una multa por la cantidad de 3.005,06 €, se ha dictado sentencia por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla con fecha 9 de julio de 2007 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Áridos y Hormigones Miguel Castillo, S.L., contra Resolución recaída en el expediente sancionador iniciado por realizar una explotación ilegal de aprovechamiento de recursos sin autorización de la autoridad minera, por la que se sanciona a la actora con una multa por la cantidad de 3.005,06 €. Sin costas.»
En virtud de lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 18 de mayo de 2004, de delegación de competencias (BOJA núm. 111, de 8 de junio de 2004), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de noviembre de 2007.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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