Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 26/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 14 de noviembre de 2007, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza del Agua, por la que, en ejecución de sentencia, se anula la Orden que se cita por la que se establece el canon de mejora sobre las tarifas de abastecimiento y saneamiento del Ayuntamiento de Albolote (Granada).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por Orden de 22 de julio de 1997, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes (BOJA núm. 89, de 2 de agosto), se autorizó el establecimiento de un canon de mejora sobre las tarifas vigentes de abastecimiento y saneamiento de aguas, a solicitud del Excmo. Ayuntamiento de Albolote (Granada).

El establecimiento de cánones de mejora constituye una de las fórmulas de colaboración entre las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales para la ejecución de obras de abastecimiento, distribución de aguas y saneamiento de poblaciones, correspondiendo a la Consejería de Obras Públicas y Transportes su aprobación y al Ayuntamiento la gestión y el cobro del mismo.

Interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la misma por don Antonio Fernández Rodríguez y otros, ante la Sección 2.ª/Q de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el 7 de abril de 2003 se dicta sentencia por la que se anula dicha Orden por no ser ajustada a Derecho, dejándola sin efecto.

La Orden de 22 de julio de 1997 establece el régimen y el plazo de aplicación de este canon por el tiempo necesario para lograr con su rendimiento el fin al que van dirigidos, siendo este plazo de diez años a partir de la entrada en vigor de la misma, por lo que a partir del 3 de agosto de 2007 esta Orden ha perdido su eficacia.

Corresponde el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de aguas a la Agencia Andaluza del Agua, organismo con personalidad jurídica propia creado mediante Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, configurándose, pues, como la Administración Hidráulica de la Junta de Andalucía desde la entrada en vigor de sus Estatutos mediante Decreto 55/2005, de 22 de febrero.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y en virtud de las competencias atribuidas en las disposiciones citadas,

HE RESUELTO

Primero. Proceder a la ejecución del fallo de la Sentencia núm. 1005, de 7 de abril de 2003, de la Sección 2.ª/Q de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 4152/97, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Estima el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Antonio Fernández Rodríguez y otros contra la Orden de 22 de julio de 1997 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 89, de 2 de agosto de 1997), por la que se establece un Canon de mejora para la ejecución de obras de abastecimiento, distribución de aguas y saneamiento de la población por el Ayuntamiento de Albolote (Granada), que se anula por no ser ajustada a Derecho: sin costas.»

Segundo. Que se comunique al Excmo. Ayuntamiento de Albolote la ejecución de esta sentencia a efecto de que proceda a las actuaciones necesarias para el cumplimiento de la misma.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 14 de noviembre de 2007.- La Presidenta, P.D. (Resolución de 16.6.2005), el Director Gerente, Joan Corominas Masip.

Descargar PDF