Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 19/04/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 20 de marzo de 2007, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). (PP. 1214/2007).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto 266/1988, de 2 de agosto.

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Concepto Tarifas autorizadas

IVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera 1,09 euros

Por cada km recorrido 0,76 euros

Hora de parada o espera 16,57 euros

Carrera mínima 2,98 euros

Tarifa 2

Bajada de bandera 1,33 euros

Por cada km recorrido 0,93 euros

Hora de parada o espera 20,74 euros

Carrera mínima 3,74 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios nocturnos realizados en días laborables de 21,00 a 7,00 horas.

b) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos, de 0,00 a 24,00 horas.

c) Servicios realizados durante la Semana Santa.

d) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, de 0,00 a 24,00 horas.

e) Servicios realizados durante los días de feria local.

SUPLEMENTOS

No aplicables en Servicios Interurbanos:

- Por cada maleta, bulto o conjunto

de bultos de más de 60 cm 0,42 euros

- Servicios realizados en días de feria: Se aplicará la Tarifa 2 más el 25% de lo marcado sobre la misma, de 22,00 a 6,00 horas

SUPLEMENTOS ESPECIALES SOBRE LO MARCADO EN TAXIMETRO

- Polígonos industriales en la margen

derecha dirección Sevilla 1,10 euros

- Centro Penitenciario Alcalá 1,32 euros

- Visitas y trabajadores Ciudad San Juan de Dios 1,32 euros

- Residentes en Ciudad San Juan de Dios 0,70 euros

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de marzo de 2007.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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