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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Auxilia Sevilla, sobre la base de los siguientes
Antecedentes de Hecho
Primero. El 15 de noviembre de 2006 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitud de doña Beatriz Jiménez Suñe, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato, así como del nombramiento de patronos.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a los artículos 4 y 10, relativos al domicilio estatutario y a la composición del Patronato.
Tercero. A la solicitud se adjuntó copia simple y autorizada de las escrituras de elevación a público de acuerdos sociales, otorgadas el 31 de marzo de 2006 ante el notario don Pedro Longo Alvarez de Sotomayor, del Ilustre Colegio de Sevilla, registradas con los números 960 y 961 de su protocolo.
Cuarto. Las escrituras públicas incorporan certificación de los acuerdos adoptados por el Patronato de la Fundación los días 17 de diciembre de 2005 y 28 de enero de 2006, sobre modificación de los Estatutos, composición del Patronato y designación y aceptación de patronos.
Fundamentos de Derecho
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. Consta en el expediente que la modificación estatutaria y la designación de patronos, acordada por el Patronato de la Fundación, fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable mediante Acuerdos de 2 de octubre y 29 de septiembre de 2006, de la Secretaría General Técnica de aquel Departamento.
Cuarto. La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.
En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior,
R E S U E L V E
Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Auxilia Sevilla, protocolizados en escritura pública núm. 960, el 31 de marzo de 2006, ante el notario don Pedro Longo Alvarez de Sotomayor.
Segundo. Inscribir la composición del Patronato siguiente: don Francisco Serra Rodríguez (Presidente), don Miguel Soriano Sánchez (Vicepresidente), doña Rocío García del Saz (Secretaria), doña Francisca Campos Pimentel (Vicesecretaria), y como Vocales a doña Ana Alba Rivera, doña Claudia Rodríguez Hernández y doña Eva Sousa Prado.
Tercero. Anotar el cese, como miembro del Patronato, de doña Encarnación Vivancos Pérez.
Cuarto. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Sevilla, 22 de marzo de 2007.- La Directora General, M.ª Luisa García Juárez.
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