Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 29/05/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Instrucción

Edicto de 29 de abril de 2008, del Juzgado de Instrucción núm. Siete de Córdoba, dimanante del procedimiento de medidas núm. 27/2006. (PD. 2448/2008).

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NIG: 1402143C2006000034.

Procedimiento: Medidas sobre hijos de uniones de hecho 27/2006. Negociado: R.

Sobre: Régimen de visitas y alimentos.

De: Doña Yuris Amarilis Mora Ortiz.

Procurador: Sr. Marcial Gómez Balsera.

Letrada: Sra. Calderón Muñoz, Magdalena.

Contra: Don Cristian David Guevara Rosero.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Medidas sobre hijos de uniones de hecho 27/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Córdoba a instancia de Yuris Amarilis Mora Ortiz contra Cristian David Guevara Rosero sobre régimen de visitas y alimentos, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue: Procedimiento: Medidas sobre hijos de uniones de hecho 27/2006. Negociado: MS

SENTENCIA Núm. 25

Juez que la dicta: Doña M.ª José Bernal Bernal.

Lugar: Córdoba.

Fecha: Treinta de junio de dos mil seis.

Parte demandante: Doña Yuris Amarilis Mora Ortiz.

Abogado: Sra. Calderón Muñoz, Magdalena.

Procurador: Sr. Marcial Gómez Balsera.

Parte demandada: Don Cristian David Guevara Rosero.

Abogado:

Procurador:

Objeto del juicio: Régimen de visitas y alimentos.

FALLO

Que estimando la demanda presentada por el Procurador don Marcial Gómez Balsera en nombre y representación de doña Yuris Amarilis Mora Ortiz, debo establecer las siguientes medidas personales respecto del menor D.L.G.M.:

1. La guardia y custodia del menor se atribuye a la madre, siendo la patria potestad compartida.

2. El padre podrá estar con el menor todos los domingos de 15,00 hasta las 20,00 horas, siendo la entrega y recogida en el domicilio materno por un familiar del demandado.

En cuanto a las vacaciones de verano, Semana Santa y Navidad se mantendrá el mismo régimen anteriormente establecido.

3. En concepto de pensión de alimentos, el padre abonará la cantidad de 200 euros, pagados por meses anticipados, cantidad que será actualizada anualmente conforme al IPC y que se ingresará dentro de los cinco días primeros de cada mes en la cuenta corriente número 2100 3659 05 2100213260 de la entidad bancaria La Caixa.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Cristian David Guevara Rosero, extiendo y firmo la presente en Córdoba a veintinueve de abril de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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