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NIG: 2906747M20061000229.
Procedimiento: Juicio Ordinario 200/2006. Negociado AL.
edicto
Juzgado: Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Málaga.
Juicio: Juicio Ordinario 200/2006.
Parte demandante: Cristalerías Erausquin Málaga, S.A.
Parte demandada: Manuel Albacete Carcedo.
Sobre: Juicio Ordinario.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo fallo es el siguiente:
JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO UNO DE MALAGA
F A L L O
Que estimo totalmente la demanda presentada por el/la Procurador/a Sr./a don/doña Rodríguez Fernández en nombre y representación de Cristalerías Eurasquin Málaga, S.A., defendida por el/la Abogado/a don/doña Sánchez Martín, contra don Manuel Albacete Carcedo, en rebeldía y en consecuencia:
Primero. Debo condenar y condeno al demandado a que abone al actor la cuantía de cinco mil cuatrocientos quince euros con sesenta y nueve céntimos (5.415,69
) más los intereses de dicha cantidad desde la interposición del proceso monitorio contra sociedad incrementado en dos puntos a partir de 29 de julio de 2005.
Segundo. Con expresa imposición de costas al demando.
Notifíquese la presente haciéndoles saber a las partes que la presente resolución no es firme y que frente a ella cabe recurso de apelación a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días y que será resuelto por la Sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Málaga.
Así por esa resolución, lo pronuncio, mando y firmo. El Magistrado.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por provindencia del Señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/200, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el BOJA.
En Málaga, a diecisiete de diciembre de dos mil siete. El/La Secretario/a Judicial.
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