Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 23/06/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 23 de febrero de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos) dimanante del procedimiento verbal núm. 1362/2003. (PD. 2633/2008).

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Número de Identificación General: 0401342C20030007506.

Procedimiento: J. Verbal (N) 1362/2003. Negociado: 21.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos).

Juicio: J. Verbal (N) 1362/2003.

Parte demandante: Surbus U.T.E.

Parte demandada: Manuel Salazar Salazar.

Sobre: J. Verbal (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA NUMERO

En la Ciudad de Almería a veintiséis de marzo de dos mil cuatro.

Habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal, seguidos en éste Juzgado bajo el Número 1362/03, seguidos a instancias de Surbus U.T.E. representado por la Procuradora Sra. Sánchez Cruz y dirigido por el Letrado Sr. Ortega Salamanca, contra don Manuel Salazar Salazar en situación procesal de rebeldía, y Catalana Occidente, S.A., representado por el Procurador Sr. Guijarro Martínez y dirigido por el Letrado Sr. Alemán Soler

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Sánchez Cruz en nombre y representación de Surbus U.T.E. frente a don Manuel Salazar Salazar en situación procesal de rebeldía y Catalana Occidente, S.A., representado por el Procurador Sr. Guijarro Martínez, debo condenar y condeno a los citados demandados a abonar a la demandante la suma de mil quinientos doce euros con diez céntimos (1.512,10 euros), imponiendo a su vez a la compañía Catalana Occidente, S.A. los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde la fecha del siniestro; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente Sentencia en forma legal a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme pudiendo anunciar recurso de apelación en el término de cinco días en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería.

Así por ésta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de esta fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Almería, a veintitrés de febrero de dos mil seis.- El/La Secretario/a Judicial.

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