Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 15/07/2008

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Ayuntamientos

Anuncio de 2 de julio de 2008, del Ayuntamiento de Cazorla, de rectificación de errores de las bases para la selección de plaza de Ordenanza (BOJA núm. 128, de 30.6.2008).

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EDICTO

Don José Luis Díaz Viñas, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla.

HACE SABER

Detectado error en el Edicto del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 128, de fecha 30 de junio de 2008, relativo a las bases para la provisión en propiedad de una plaza de Ordenanza de Administración General, vacante en la plantilla de personal del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla, mediante el sistema de Oposición Libre, se procede a su rectificación en los siguientes términos:

En la base segunda. Requisitos de los aspirantes.

Donde dice:

«b) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquella en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa.»

Debe decir:

«Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.»

En la base quinta. Tribunal Calificador.

Donde dice:

«El Tribunal del Concurso-Oposición estará constituido…»

Debe decir:

«El Tribunal de la Oposición estará constituido…»

En la base séptima. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Donde dice:

«Terminada la calificación de los ejercicios y valoración de los méritos, el Tribunal publicará los nombres….»

Debe decir:

«Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará los nombres….»

En la base octava. Incidencias.

Donde dice:

«El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del Concurso-Oposición.»

Debe decir:

«El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de la Oposición.»

En el Anexo II. Modelo de Instancia: Se suprime el siguiente párrafo.

Donde dice:

«Manifiesta

b) Tener 18 años de edad y no mayor de 50 años.»

Debe decir:

«Manifiesta

b) «Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.»

En el Anexo II. Modelo de Instancia: Se suprime el siguiente párrafo:

«Certificación acreditativa de los servicios prestados y alegados en relación a la fase de Concurso.»

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cazorla, 2 de julio de 2008.- El Alcalde, José Luis Díaz Viñas.

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