Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 24/07/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Decreto 404/2008, de 8 de julio, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Cazorla (Jaén), de una finca sita en el paraje «Olivar del Cubo» en dicho término municipal, con destino a la construcción de un centro hospitalario de alta resolución; y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por Acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla (Jaén), en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de marzo de 2007, se acordó la cesión gratuita de la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía de una finca sita en el paraje «Olivar del Cubo» de dicho término municipal, con destino a la construcción de un centro hospitalario de alta resolución.

La Consejería de Salud considera de interés la aceptación de la cesión gratuita de la propiedad de la referida finca porque permitirá mejorar las prestaciones sanitarias de la población del área de influencia y crear un dispositivo de asistencia especializada que redundará en beneficio de la misma.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 8 de julio de 2008,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad de una finca sita en el paraje «Olivar del Cubo» en el término municipal de Cazorla (Jaén), con una superficie de veintisiete mil metros cuadrados, con destino a la construcción de un centro hospitalario de alta resolución, y cuya descripción registral es la siguiente:

Rústica: Porción de olivar, dentro de su perímetro existe una casa con dos plantas, piscina y pozo con noria para su riego. Linderos: Norte, Mercedes Tiscar Trillo y en parte con la carretera vieja de Cazorla a Peal de Becerro; Sur, El Camino; Este, con la carretera vieja de Cazorla a Peal de Becerro y en parte con resto de finca matriz de la que procede, registral 2804 de Pedro José Castillo Olivares y esposa; Oeste, camino que lo separa de la carretera de Quesada.

Consta inscrita a nombre del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla en el Registro de la Propiedad de Cazorla (Jaén), con el número de finca 19920, al Tomo 1102, Libro 239, Folio 8, y se corresponde con las siguientes catastrales: 23028A013003570000GA (21.757 m2) y 23028A013005860000GG (5.243 m2).

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la finca cedida, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud con destino a la construcción de un centro hospitalario de alta resolución.

Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 8 de julio de 2008

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía

y Consejero de Economía y Hacienda

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