Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 24/07/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Decreto 403/2008, de 8 de julio, por el que se acepta la cesión gratuita del uso, a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de determinados pisos del inmueble sito en la calle Federico Sánchez Bedoya 1 y 3 de Sevilla, propiedad de la Tesorería General de la Seguridad Social, con destino a la ampliación de las dependencias administrativas de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud, al que quedan adscritos.

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Por Acuerdos de 19 de noviembre y 28 de diciembre de 2004, del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, a propuesta de la Tesorería General de la Seguridad Social, se ha cedido a la Comunidad Autónoma de Andalucía el uso gratuito de cuatro pisos pertenecientes al inmueble sito en la calle Federico Sánchez Bedoya, 1 y 3, de Sevilla, con destino a la ampliación de las dependencias del Servicio Andaluz de Salud, para fines propios del mismo.

Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de esta cesión de uso gratuito, porque permitirá paliar la escasez de espacio de sus unidades administrativas, facilitando el cumplimiento de los objetivos asistenciales del Servicio Andaluz de Salud.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 8 de julio de 2008,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita del uso de los pisos 2.º derecha e izquierda, del inmueble sito en la calle Federico Sánchez Bedoya, núm. 1, y de los pisos 4.º izquierda escalera A y 4.º derecha escalera B, del inmueble sito en dicha calle en el núm. 3, de Sevilla, con destino a la ampliación de las dependencias del Servicio Andaluz de Salud, y que forman parte de la siguiente finca:

«Urbana. Edificio señalado con los números treinta y cuatro al cuarenta de la Avenida de Queipo de Llano, hoy catorce, con una superficie de dos mil ciento ochenta y ocho metros, veintiocho decímetros cuadrados; cuya cabida en virtud de la segregación practicada ha quedado reducida a dos mil sesenta y cuatro metros, cincuenta decímetros cuadrados. Linda al frente con la Avenida de Queipo de Llano, a la derecha entrando con la calle Federico Sánchez Bedoya, a la que hace esquina, y por donde continua su fachada, por la izquierda con la casa número cuarenta y dos moderno, hoy dieciocho de la Avenida de Queipo de Llano y el Colegio de San Miguel, propio del Cabildo Catedral y por su fondo con la porción segregada y por tanto con el edificio de la calle Federico Sánchez Bedoya 23, hoy siete.»

Inscrito a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social en el Registro de la Propiedad núm. 8 de Sevilla con el número de finca 4818, tomo 335, libro 126, folio 71, inscripción 3ª. Referencia catastral: 4919810TG3441H0001KA.

Segundo. La Comunidad Autónoma de Andalucía disfrutará del uso de dichos pisos, sin satisfacer renta alguna, si bien deberá hacerse cargo de los gastos de las obras de acondicionamiento, instalación, conservación, mantenimiento y demás gastos e impuestos que le correspondan, así como los gastos registrales que, en su caso, se ocasionen.

Todas las obras que afecten a las dependencias de los inmuebles cuyo uso se cede quedarán a beneficio de la propiedad.

Tercero. La presente cesión se entenderá libre de cargas, gravámenes, arrendamientos y ocupantes, condicionada a que los referidos inmuebles se destinen a los fines cedidos, en el plazo de un año contado a partir de la fecha en que se formalice la cesión, siendo causa de resolución de la cesión y reversión automática a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social que el mismo no se destine al uso previsto o que el cesionario no cumpliere las condiciones fijadas en el acuerdo, debiendo el cesionario abonar el valor de los deterioros experimentados en los bienes, previa tasación pericial.

Cuarto. De acuerdo con lo previsto en el artículo 113 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la cesión gratuita del uso objeto de este Decreto se formalizará en documento administrativo, que será título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Quinto. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión gratuita del uso objeto del presente Decreto, quedando adscritos los referidos pisos al Servicio Andaluz de Salud para la ampliación de sus dependencias.

Sexto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 8 de julio de 2008

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía

y Consejero de Economía y Hacienda

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