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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 28 de mayo de 2008, doña Rocío Ramos Fiñana, con DNI 26232615B, presentó solicitud para la concesión de beca de formación al amparo de la Resolución de 5 de mayo de 2008, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Gobernación, en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias.
Segundo. Examinada la solicitud, se comprueba que reúne todos los requisitos exigidos en la Orden de 27 de septiembre de 2001 y en la Resolución de 15 de febrero de 2006, por la que se regula y convoca dicha beca para el ejercicio 2008.
Tercero. Se ha valorado la solicitud conforme al art. 10, criterios y procedimiento de selección de la Orden de 27 de septiembre de 2001.
Cuarto. Realizadas las dos fases de selección, tal y como queda reflejado en el acta de la Comisión de Selección de 27 de junio de 2008, de todos/as los/as candidatos/as presentados/as que cumplen los requisitos exigidos en la Orden de 27 de septiembre de 2001 y Resolución de 5 de mayo de 2008, la máxima puntuación ha sido para doña Rocío Ramos Fiñana con 82.50 puntos.
Quinto. Existe dotación presupuestaria para el abono de la mencionada beca.
VALORACIÓN JURÍDICA
Primero. La Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén es competente para dictar la presente Resolución, en virtud del artículo 11 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 27 de septiembre de 2001, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de dicha beca.
Segundo. En virtud del art. 11.5 de la Orden de 27 de septiembre de 2001, la adjudicataria de la beca, en el plazo de quince días siguientes a la notificación de esta Resolución, deberá proceder a la aceptación de la beca, así como cuantas obligaciones se derivan de la referida Orden. Transcurrido el plazo sin haberse efectuado la aceptación, quedará sin efecto la adjudicación efectuada.
Tercero. La adjudicataria de la beca deberá cumplir las obligaciones establecidas en el art. 105 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en particular las condiciones y obligaciones contempladas en los arts. 12, 13 y 14 de la Orden de 27 de septiembre de 2001.
En virtud de cuanto antecede en lo expuesto anteriormente,
RESUELVO
Primero. Adjudicar la beca de este centro directivo a doña Rocío Ramos Fiñana, con DNI 26232615B, por un período de doce meses, pudiendo ser prorrogada, en su caso, por otros doce meses como máximo, con las limitaciones y obligaciones establecidas en el art. 7 de la Orden de 27 de septiembre de 2001.
Segundo. Dicha beca se abonará por mensualidades vencidas, siendo su cuantía bruta de 1.250 euros, con cargo al programa 31J, aplicación presupuestaria «0.1.09.00.02.23.48200.31J.», así como un seguro combinado de accidente individual, intervención quirúrgica, hospitalización, asistencia médica.
Tercero. La adjudicataria de dicha beca deberá incorporarse a este centro directivo a partir del día 17 de julio del presente año.
Cuarto. La beca concedida será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Jaén, 22 de julio de 2008.- La Delegada del Gobierno, M.ª Teresa Vega Valdivia.
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