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NIG: 1808742C20070003613.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 247/2007. Negociado: 8.
Sobre: Cumplimiento de contrato.
De: Don José Vázquez Jiménez, doña María Isabel Vázquez Jiménez, don Manuel Vázquez Jiménez y don Juan Vázquez Jiménez.
Procurador: Sr. Enrique Raya Carrillo.
Letrado: Sr. Rafael Estepa Peregrina.
Contra: Don Antonio Gómez López.
Procurador: Sr. Antonio Manuel Leyva Muñoz.
Letrado: Sr. José Diéguez Peña.
Herederos desconocidos de don José Fernández Ríos y don Fernando Fernández Santoyo.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el Procedimiento Ordinario núm. 247/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Trece de Granada, a instancia de don José Vázquez Jiménez, doña María Isabel Vázquez Jiménez, don Manuel Vázquez Jiménez y don Juan Vázquez Jiménez, contra don Antonio Gómez López y Herederos desconocidos de don José Fernández Ríos y don Fernando Fernández Santoyo, sobre cumplimiento de contrato, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 46/2008
Juez que la dicta: Doña Adela Frías Román.
Lugar: Granada.
Fecha: Veintisiete de febrero de dos mil ocho.
Parte demandante: Don José Vázquez Jiménez, doña María Isabel Vázquez Jiménez, don Manuel Vázquez Jiménez y don Juan Vázquez Jiménez.
Abogado: Don Rafael Estepa Peregrina.
Procurador: Don Enrique Raya Carrillo.
Parte demandada: Don Antonio Gómez López.
Abogado: Don José Diéguez Peña.
Procurador: Don Antonio Manuel Leyva Muñoz.
Parte demandada: Herederos desconocidos de don José Fernández Ríos y don Fernando Fernández Santoyo.
Objeto del juicio: Cumplimiento de contrato.
Doña Adela Frías Román, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia número Trece de Granada, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 247/2007, seguidos a instancia de don José Vázquez Jiménez, doña María Isabel Vázquez Jiménez, don Manuel Vázquez Jiménez y don Juan Vázquez Jiménez, representados por el Procurador Sr. Enrique Raya Carrillo y asistidos por el Letrado don Rafael Estepa Peregrina, contra don José Fernández Ríos y don Fernando Fernández Santoyo, en rebeldía procesal y fallecidos, sucedidos por sus herederos desconocidos, en igual situación, así como frente a don Antonio Gómez López, allanado expresamente, representado por el Procurador Sr. Antonio Manuel Leyva Muñoz y asistido por el Letrado don José Diéguez Peña, sobre acción declarativa de propiedad,
FALLO
Estimando la demanda deducida por el Procurador Sr. Enrique Raya Carrillo, en nombre y representación de don José Vázquez Jiménez, doña María Isabel Vázquez Jiménez, don Manuel Vázquez Jiménez y don Juan Vázquez Jiménez, contra don Antonio Gómez López y los herederos desconocidos de don José Fernández Ríos y don Fernando Fernández Santoyo, debo declarar y declaro que los actores, como herederos de doña Isabel Jiménez Sánchez, son propietarios de la finca en el Barrio del Zaidín de Granada, en Placeta, núm. 6, casanúm. 1, piso 1.º izquierda, renominado actualmente como Plaza Fernando de Rojas, núm. 1, piso 1.º izquierda, finca inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Granada, al folio 84, del Libro 1126, Tomo 1032, finca registral núm. 67.040, condenando a los demandados a pasar por dicha declaración y acordando la inscripción de dicha finca a su favor en el Registro de la Propiedad núm. 3 de los de Granada.
No se hace expresa imposición de las costas generadas en este procedimiento.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (art. 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (art. 457.2 LEC).
Así por esta sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados herederos desconocidos de don José Fernández Ríos y don Fernando Fernández Santoyo, extiendo y firmo la presente en Granada a veintisiete de febrero de dos mil ocho. - El Secretario.
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