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El artículo 2.6 de la Orden de esta Consejería de 12 de julio de 2004 (BOJA núm. 150, de 2 de agosto), delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica todas las facultades que sobre bienes patrimoniales se atribuyen a la persona titular de la Consejería por la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Razones de orden técnico y de eficacia administrativa aconsejan avocar la delegación conferida por la mencionada Orden de 12 de julio de 2004, en relación con la contratación de arrendamiento de inmueble para la ubicación del Servicio de Valoración de la Dependencia adscrito a la Delegación Provincial de Cádiz, y su posterior delegación en la Delegada Provincial de dicha capital.
En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 101, 102, 103 y 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Avocar la competencia para la contratación de arrendamiento de un inmueble para la ubicación del Servicio de Valoración de la Dependencia adscrito a la Delegación Provincial de Cádiz, delegada en la titular de la Secretaría General Técnica en virtud de la Orden de 12 de julio de 2004, y delegar dicha competencia en la persona titular de la Delegación Provincial de Cádiz.
Segundo. En los actos administrativos que se adopten en virtud de la delegación de competencias que se confiere por la presente Orden se indicará expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 1 de septiembre de 2008
Micaela Navarro Garzón
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social
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