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El Plan Estratégico para la Cultura en Andalucía (PECA), aprobado mediante acuerdo del Consejo del Gobierno de 13 de noviembre de 2007, recoge entre sus objetivos la promoción de la creación y difusión del arte contemporáneo, estableciendo como programa específico para conseguir estos objetivos la convocatoria de Premios a la Creación Artística.
Para el desarrollo de estos fines y a instancias de la Dirección General de Museos y Arte Emergente, la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, como ente público adscrito a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, convoca los Premios a la Actividad Artística de Creación Contemporánea en Andalucía para el año 2008, con el objetivo de contribuir a la creación artística contemporánea en Andalucía, su exhibición pública, y para favorecer el acceso de los ciudadanos a los bienes culturales.
La Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, como entidad de derecho público, tiene encomendadas, de conformidad con el Decreto 46/1993 de 20 de abril, entre otras funciones, las de promoción de iniciativas públicas y privadas en relación con las materias sectoriales de la Consejería de Cultura.
Por todo lo expuesto, de acuerdo con al artículo 87.3.d) del Tratado constitutivo de la Unión Europea, donde se recoge la compatibilidad con el mercado común de este tipo de medidas, el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma, y teniendo en cuenta los objetivos expuestos, así como las facultades conferidas en el artículo 11.1, apartados f) e i), del Decreto 46/1993, de 20 de abril, por el que se constituye efectivamente la empresa y se aprueba su Reglamento General,
SE ACUERDA
1. Objeto.
La presente Resolución tiene por objeto establecer las bases que han de regular la concesión de los Premios a la Actividad Artística de Creación Contemporánea en Andalucía y convocar los mismos para el año 2008.
2. Finalidad.
La presente convocatoria tiene por objetivo premiar la creación de los artistas emergentes en Andalucía, como medio para contribuir a la creación artística contemporánea en Andalucía y su exhibición pública, así como favorecer el acceso de los ciudadanos a los bienes culturales y el enriquecimiento del patrimonio cultural de los andaluces.
3. Requisitos de los Candidatos.
Podrán optar a estos premios aquellos artistas emergentes nacidos o residentes en Andalucía, que no hayan sido premiados en anteriores convocatorias.
Se considerarán artistas emergentes aquellos que no posean una trayectoria profesional consolidada.
4. Propuesta de Candidaturas.
Los candidatos a los Premios a la Actividad Artística de Creación Contemporánea en Andalucía para el año 2008 serán propuestos por los miembros del Jurado o por las entidades culturales o profesionales relacionadas con la creación artística contemporánea en Andalucía, mediante propuesta razonada al presidente del Jurado. La fecha límite para la presentación de las candidaturas será 15 días desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
5. Dotación.
Se podrán conceder hasta tres premios dotados con un máximo de 30.000 euros cada uno.
6. Categorías.
Los premios se distribuirán en dos categorías, de la siguiente forma:
- Dos premios de 30.0000 para artistas cuya fecha de nacimiento sea posterior a 1968.
- Un premio de 30.0000 para artistas nacidos con anterioridad a esa fecha (y que no tengan más de 58 años).
7. Composición del Jurado.
El fallo del Premio corresponderá a un Jurado presidido por el Director General de Museos y Arte Emergente de la Consejería de Cultura e integrado por los siguientes Vocales, expertos profesionales del campo del arte contemporáneo: Don José Lebrero Stals, don Óscar Alonso Molina, Juan Antonio Álvarez Reyes, doña Eva González-Sancho, doña Rocío de la Villa y don Iván de la Torre Amerighi.
Asiste al Jurado, con voz pero sin voto, doña Cristina Garcés Hoyos, técnico de la Unidad de Programas de Cooperación de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, coordinadora del programa «Iniciarte».
Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, don Ricardo Pachón Luengo, letrado adscrito a los Servicios Jurídicos de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales.
8. Procedimiento.
Concluido el plazo para la presentación de candidaturas, se emitirá una propuesta de preseleccionados, a los que se les requerirá la aportación de la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI, o cualquier otro documento que acredite la identidad del solicitante.
- Certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de Andalucía, para los no nacidos en este territorio.
- Currículum vitae.
- Dossier de las principales obras y trabajos realizados. Se podrá acompañar de documentación adicional y material gráfico que se considere oportuno para la adecuada comprensión de la obra.
- Declaración expresa de aceptar las bases de la convocatoria.
- Declaración expresa de no estar incurso en los supuestos que impiden ser beneficiario de premios conforme al art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en concreto, de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que no es deudor de la misma por cualquier otro ingreso de derecho público, así como estar al corriente de las obligaciones fiscales frente al Estado y frente a la Seguridad Social.
A tal efecto se concederá un plazo de 10 días hábiles, entendiéndose la falta de aportación de la documentación requerida como renuncia a la participación en el proceso.
Completada la presentación de la documentación requerida a los candidatos, el Jurado se reunirá para fallar los premios.
El Jurado ajustará su actuación al régimen jurídico de los órganos colegiados, regulado en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Se valorarán los proyectos atendiendo a la calidad de las obras, valoradas en su conjunto, así como su aportación al panorama de la creación contemporánea en Andalucía.
El premio tendrá carácter indivisible, podrá declararse desierto y no podrá ser concedido a título póstumo ni a un artista premiado con anterioridad en esta convocatoria.
9. Concesión del premio.
El fallo del Jurado se elevará a la Dirección Gerencia de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales quien emitirá resolución de concesión.
El fallo del Jurado se hará público en el último trimestre de 2008, mediante publicación de dicha resolución de concesión en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
10. Entrega del premio.
La entrega de los premios se realizará en acto público institucional.
Lo que se hace público para su conocimiento general.
Sevilla, 16 de septiembre de 2008.- El Director Gerente, Francisco Fernández Cervantes.
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