Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 10/11/2008

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 27 de octubre de 2008, de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Segunda, de Apelación núm. 2632/2000. (PD. 3835/2008).

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NIG: 41065213214980376.

Núm. Procedimiento: Apelación Civil 2632/2000.

Asunto: 2632/2000.

Autos de: 376/1998.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla.

Negociado: 2B.

Apelante: Abogado del Estado.

Procurador:

Abogado:

Apelado: Mediterráneo Técnica Textil, S.A., Masa de Acreedores y Personas Físicas o Jurídicas, Comisión Liquidadora, no personada e Intervención Judicial, no personada.

Procurador: Rincón Rodríguez, Manuel.

Abogado:

EDICTO

Don Antonio Elías Pérez, Secretario de la Sección Segunda de la Iltma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que en el Rollo de Apelación núm. 2.632/00, dimanante de los autos 376/98, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla, promovidos por Abogado del Estado contra Mediterráneo Técnica Textil, S.A., Masa de Acreedores y Personas Físicas o Jurídicas Ignoradas, Comisión Liquidadora e Intervención Judicial, aparece testimonio de sentencia dictada con fecha 7 de julio de dos mil ocho por la Sala Primera del Tribunal Supremo cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

Sentencia. Casación núm. 4139/2001. Ponente Excmo. Sr. don Francisco Marín Castán. Votación y Fallo: 17.6.2008. Secretaría de Sala: Ilma. Sra. doña María Pilar Fernández Magester. Tribunal Supremo-Sala de lo Civil. Sentencia núm.: 646/2008. Excmo. Sres.: Don Francisco Marín Castán. Don José Ramón Fernández Gabriel. Don Antonio Salas Carceller. En la Villa de Madrid, a siete de julio de dos mil ocho. La Sala Primera del Tribunal Supremo, constituida por los Magistrados indicados al margen, ha visto el presente recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado, en representación del Patrimonio del Estado, contra la sentencia dictada con fecha 24 de julio de 2001 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, en el recurso de apelación núm. 2632/00-B dimanante de los autos de juicio declarativo de mayor cuantía núm. 376/98-3.º del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla, sobre inclusión de un crédito del Estado en la suspensión de pagos de una empresa.

Fallamos. 1.º Estimar el recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia dictada con fecha 24 de julio de 2001 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla en el recurso de apelación núm. 2632/00-B. 2.º Casar totalmente la Sentencia recurrida, dejándose sin efecto. 3.º En su lugar, procediendo acoger el recurso de apelación interpuesto en su día por el Abogado del Estado contra la sentencia dictada en 10 de diciembre de 1999 por el titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla en los autos núm. 376/98-3.º de juicio ordinario de mayor cuantía, revocar esta sentencia, dejándola también sin efecto, para en cambio, estimándose la demanda interpuesta por el Abogado del Estado, declarar el crédito del Estado de 4.200 millones de pesetas más sus intereses desde la fecha de la efectividad de la ayuda como crédito concursal, esto es, crédito en la masa de la suspensión de pagos de la compañía mercantil Mediterráneo Técnica Textil S.A. (antes Hytasa), así como su carácter privilegiado con derecho de abstención en la suspensión de pago, condenando a todos los demandados a estar y pasar por tales declaraciones. 4.º Imponer a dicha compañía mercantil demandada las costas de la primera instancia y no imponer especialmente a ninguna de las partes las de la segunda instancia ni las del recurso de casación. Líbrese al mencionado Tribunal la certificación correspondiente, con devolución de los autos y rollo de Sala. Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la Colección Legislativa pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Francisco Marín Castán. José Ramón Ferrándiz Gabriel. Antonio Salas Carceller. Firmado y rubricado.

Y para que conste y sirva de notificación a los demandados Rebeldes masa de acreedores y personas físicas o jurídicas ignoradas así como a las partes no personadas Comisión Liquidadora e Intervención Judicial, expido el presente en Sevilla, a veintisiete de octubre de dos mil ocho.- El Secretario, don Antonio Elías Pérez.

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