Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 25/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 10 de noviembre de 2008, de la Delegación del Gobierno de Granada, por la que se modifica la Resolución de 11 de diciembre de 2007, por la que se resolvió el procedimiento de concesión de subvenciones a las Entidades Locales, convocado por la Orden de 12 de diciembre de 2006 (Inversiones en Entidades Locales).

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HECHOS

Primero. Con fecha 10 de noviembre de 2008, el Ayuntamiento de Dúrcal presentó solicitud de modificación de la Resolución antedicha de concesión de subvención que, con cargo al Plan de Cooperación Municipal, concedió la Consejería de Gobernación por el procedimiento ordinario.

Segundo. Examinada la solicitud, esta se fundamenta en que la adquisición del edificio, objeto de la subvención, podrá realizarse por un precio inferior al presupuestado inicialmente, de acuerdo con la tasación actual.

Tercero. Se consideran suficientemente acreditadas las razones de modificación alegadas por el Ayuntamiento de Dúrcal, al haberse alterado las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación del Gobierno es competente, por delegación del titular de la Consejería, para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones, en virtud de la delegación de competencias aprobada por el artículo 13.1 de la Orden de 12 de diciembre de 2006.

Segundo. Según lo dispuesto en el artículo 18 de la Orden de 12 de diciembre de 2006, anterionnente citada, podrá tener lugar la modificación de la resolución de concesión si la entidad beneficiaria así lo solicita por razones justificadas debidamente acreditadas.

Vistas las anteriores consideraciones, resuelvo:

Primero. Modificar la Resolución de 11 de diciembre de 2007, de concesión de subvenciones, en lo referente al Anexo 1 (listado de beneficiarios, por orden de puntuación); en el punto 8, que detalla las condiciones de la subvención concedida al Ayuntamiento de Dúrcal:

- Donde dice «Importe del presupuesto aceptado: 918.000 €»; debe decir «Importe del presupuesto aceptado: 649.093,07 €».

- Donde dice «Cuantía de la subvención (y porcentaje que representa): 578.200 € (62,98%)»; debe decir: «Cuantía de la subvención (y porcentaje que representa): 408.798,82 € (62,98%)».

- Donde dice «Distribución plurianual:

 - 2008: 432.560,83 €.

 - 2007: 145.639,17 €».

Debe decir «Distribución plurianual:

 - 2008: 263.159,65 €.

 - 2007: 145.639,17 €».

Segundo. Publíquese esta Resolución en los términos establecidos en el artículo 14 de la Orden.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Granada, 10 de noviembre de 2008.- El Delegado del Gobierno, Jesús Huertas García.

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