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Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la citada Orden, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a las Entidades que se relacionan en el Anexo I, Primera Infancia, Centros de Atención Socioeducativa de titularidad pública y privada, modalidad: Construcción, Reforma y Equipamiento y en el Anexo II, Menores y Familia, modalidad: Programas y Equipamiento Corporaciones Locales y Entidades Privadas.
Las aportaciones serán imputadas a las aplicaciones presupuestarias:
Primera Infancia:
0.1.19.00.18.41.781.00.31E.8 y 0.1.19.00.01.41.781.00.31E.3
0.1.19.00.18.41.763.00.31E.1., 0.1.19.00.01.41.763.00.31E.7 y 0.1.19.00.01.41.741.00.31E.7
Menores y Familia:
0.1.19.00.01.41.467.01 .31E.9
0.1.19.00.01.41.782.00.31E.4
0.1.19.00.01.41.764.00.31E.8
0.1.19.00.01.41.486.01.31 E 6
Sevilla, 16 de enero de 2008.- La Delegada, María José Castro Nieto.
ANEXO I
PRIMERA INFANCIA ENTIDADES PUBLICAS AÑO 2007
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