Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 13/02/2008

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Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 18 de diciembre de 2007, del Ayuntamiento de Salobreña, de bases para provisión de plaza de Arquitecto Técnico.

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Don Jesús Avelino Menéndez Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Salobreña (Granada)

Hago saber: Con fecha 11 de diciembre de 2007 se aprueba la convocatoria para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico que se rige por las siguientes bases:

1. Convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de Arquitecto

Técnico vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Salobreña, incorporada a la Oferta de Empleo Público de 2007 publicada en el BOE núm. 30, de fecha 3 de febrero de 2007, y que se describe en el Anexo adjunto a las bases.

1.2. La plaza están dotadas económicamente con las retribuciones fijadas en la relación de puestos de trabajo incluido en el Presupuesto de la Entidad.

1.3. El proceso selectivo se regirán por las presentes bases y para lo no previsto en las mismas le será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y programas mínimos a los que ha de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, el Estatuto Básico del Empleado Público y normas del Estado en materia de selección del Personal.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos 18 años de edad .

c) Estar en posesión del titulo de exigido Arquitecto

Técnico.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse en el última día del plazo de presentación de solicitudes.

3. Instancias y documentación.

3.1. Quienes deseen tomar porte en estos pruebas selectivas cursarán su solicitud ajustada al modelo

solicitud que se inserta al final de estas bases, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base segunda de esta convocatoria.

3.2. Deberán aportar los méritos que posean para ser valorados en la Fase de Concurso en forma compulsada o certificada por Organismo Público.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Salobreña y se presentarán en el Registro General en cualquiera de las formas contempladas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, contadas a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.4. Las solicitudes vendrán acompañadas de justificante de haber ingresado los derechos de examen y fotocopias compulsadas de los méritos a valorar en la Fase de Concurso, que habrán de relacionarse en la instancia de solicitud.

3.5. Las derechos de examen serán de 18

. Su cuantía se ingresará en la Tesorería Municipal o bien mediante giro postal o telegráfico.

3.6. Quedará exento del abono de los derechos de examen el personal que preste sus servicios en el Ayuntamiento de Salobreña por aplicación del Acuerdo Regulador del Personal de este Ayuntamiento

4. Admisión de candidatos.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias la Alcaldía dictará resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión, lugar de exposición de dichas listas y plazo para subsanación de errores. La Resolución será publicada en el BOP y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Salobreña.

4.2. Transcurrido el plazo de subsanaciones, la Alcaldía dictará Resolución aprobando la lista definitiva, designando los miembros del tribunal e indicará el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio. A la Resolución se dará publicidad mediante la inserción de Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia.

4.3. Los aspirantes excluidos podrán interponer recurso contencioso

administrativa en el plazo de 2 meses, a partir de la publicación de la resolución.

5. Tribunales.

5.1. El Tribunal en cumplimiento de lo regulado en el Estatuto Básico del empleado Público quedará integrado exclusivamente por funcionarios de carrera que deberán poseer igual o superior titulación a la exigida para la plaza.

5.2. Los Tribunales de selección no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes. El Tribunal, para aquellas pruebas que considera conveniente podrá recabar la colaboración de técnicos que actuarán con voz y sin voto.

5.3. Los miembros del Tribunal están sometidos a las causas de abstención y recusación de las reguladas en la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

5.4. El Tribunal está autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar las acuerdos necesarios para velar por el buen orden de lo convocatoria.

6. Desarrollo de las pruebas.

6.1. La fecha, hora y lugar en que darán comienzo las pruebas serán anunciados, al menos, con 10 días de antelación mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos de lo Corporación. Entre prueba y prueba mediará un plazo no inferior a 72 horas salvo que los aspirantes muestren su conformidad en adelantar el plazo a propuesta del Tribunal.

6.2. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. En aquellos ejercicios que no puedan ser realizados conjuntamente, el orden de actuación de las opositores se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra Z, en su defecto, comenzará el aspirante cuyo primer apellido comience por la letra A o siguientes letras en su caso.

6.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las respectivas pruebas en el BOP. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento o en los locales donde se hallan celebrado las pruebas anteriores.

7. Provisión de la plaza.

7.1. La plaza se cubrirá por Concurso

Oposición de conformidad con lo establecido en el Anexo inserto al final de las presentes bases.

7.2. La puntuación final será la media de la puntuación obtenida en los ejercicios de la Fase Oposición a la que se sumará los puntos de la fase Concurso.

8. Listas de aprobados, presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera.

8.1. Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aprobados, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas. Igualmente elevarán las respectivas propuestas a la Presidencia de lo Corporación para que proceda al otorgamiento del correspondiente nombramiento.

8.2. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en el Tablón de Edictos de el aspirante propuesto para el nombramiento deberá presentar en el Ayuntamiento los siguientes documentos:

a) DNI compulsado.

b) Fotocopia compulsada del título exigido.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones propias de plaza convocada.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico, ni psíquico que impida el desempeño de los funciones propias de la plaza convocada.

e) Declaración de no estar incurso en incompatibilidad y compromiso de no desempeñar ninguna otro actividad pública o privada ajena a esta Administración, salvo las legalmente permitida en el régimen de incompatibilidades.

8.3. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía elevará a definitiva la propuesta de nombramiento. El aspirante nombrado deberá tomar posesión de la plaza antes de los 30 días naturales, contados a partir de la fecha de notificación del nombramiento. De no tomar posesión, sin causa justificada, decaerá en todos sus derechos.

9. Base final.

La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en la forma establecida por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

A N E X O

Plaza: Arquitecto Técnico.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Clase: Técnicos Medios.

Grupo: B (hoy A2).

Sistema de acceso: Concurso

oposición.

Turno: Libre.

Vacantes: 1.

Titulación: Arquitecto Técnico o equivalente.

Fase concurso.

La fase de concurso, que será previa a la fase oposición, no tendrá carácter eliminatorio. La calificación de los méritos alegados y aportados tendrá lugar conforme al siguiente Baremo de méritos:

- 0,25 puntos por cada trimestre completo de servicios prestado en las Administraciones Públicas en puesto igual a la plaza objeto de convocatoria. (Máximo 3 puntos).

Se considerarán como servicios prestados únicamente los realizados en régimen laboral o en régimen funcionarial (de carrera o interinidad)

Fase oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios eliminatorios requiriéndose un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

El primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario comprensivo de veinte preguntas con respuestas alternativas sobre materias contempladas en el programa. Cada pregunta contestada acertadamente se valorará en 0,5 puntos. Los errores se penalizarán con 0,25. Tiempo máximo: Una hora.

El segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un caso práctico relacionado con las materias del Programa y determinado por el Tribunal antes de su inicio. El ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal de cero a diez puntos, siendo la nota del ejercicio la media aritmética de las puntuaciones. Tiempo máximo: Una hora.

Grupo I: Materias comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales, Características y Estructura.

Tema 2. El Gobierno.

Tema 3. El Poder Legislativo.

Tema 4. El Poder Judicial.

Tema 5. La Corona.

Tema 6. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Las Comunidades Autónomas. Organización y Competencias.

Tema 7. El Régimen Local Español: Principios Constitucionales y Régimen Jurídico.

Tema 8. Organización Municipal. Organización Provincial.

Tema 9. Competencias Municipales y Provinciales.

Tema 10. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. Enumeración. La Ley. Clases de Leyes.

Tema 11. El Acto Administrativo: Concepto, Clases y Elementos.

Tema 12. El Presupuesto: Concepto y Características. El Ciclo Presupuestario. La Relación Jurídico Tributaria: Concepto, Naturaleza y Elementos. El Hecho Imponible: Concepto y Clases. El Sujeto Pasivo.

Grupo II. Temas Específicos

(Los temas de urbanismo estarán referidos a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre Ley Andaluza del Suelo.

13. Instrumentos de Planeamiento. Planeamiento General: Planes Generales de Ordenación Urbanística. Planes de Ordenación Intermunicipal. Planes de Sectorización.

14. Instrumentos de desarrollo de Planeamiento. Planes de desarrollo: Planes Parciales de Ordenación. Planes Especiales. Estudios de detalles.

15. Instrumentos de Ordenación Urbanística. Ordenanzas Municipales de Edificación. Ordenanzas Municipales de Urbanización.

16. Elaboración, Aprobación y Efectos de Los Instrumentos de Planeamiento. Formulación de Los Instrumentos de Planeamiento. Suspensión de Aprobaciones y Otorgamientos de Autorizaciones y de Las Licencias Urbanísticas.

17. Competencia y Procedimiento. Competencia Para La Formulación y Aprobación de Los Instrumentos de Planeamiento. Tramitación de los Instrumentos de Planeamiento. Aprobación definitiva de los Instrumentos de Planemiento.

18. Efectos de la Aprobación de los Instrumentos de Planeamiento. Vigencia e Innovación. Información Pública y Publicidad.

19. Actuaciones de Interés Público en Terrenos con el Régimen de Suelo No Urbanizable.

20. Clasificación del Suelo. Clases de Suelo. Suelo Urbano. Suelo No Urbanizable. Suelo Urbanizable.

21. Régimen de Suelo No Urbanizable.

22. Régimen de Suelo Urbanizable y Urbano.

23. Parcelaciones Urbanísticas. Parcelación Urbanística. Indivisibilidad de Fincas. Régimen de las Parcelaciones Urbanísticas.

24. Proyectos de Urbanización. Proyectos de Urbanización. Aprobación de los Proyectos de Urbanización.

25. La Actuación por Unidades de Ejecución. Características y requisitos de las Unidades de Ejecución. Delimitación de las Unidades de Ejecución. Sistemas de Actuación.

26. La Ejecución de las Obras de Edificación. Edificación de Parcelas y Solares. Presupuestos de la Edificación. Ejecución mediante Sustitución por incumplimiento del deber de Edificación.

27. La Conservación de las Obras y Construcciones. Deber de conservación de las Obras de Urbanización. Recepción de las Obras de Urbanización.

28. La Conservación de las Obras y Construcciones. Deber de Conservación y Rehabilitación de las Obras de Edificación. Inspección Periódica de Construcciones y Edificaciones.

29. Licencias Urbanísticas. Actos sujetos a Licencia Urbanística Municipal. Actos Promovidos por las Administraciones Públicas.

30. Licencias Urbanísticas. Competencia para el Otorgamiento de Licencias Urbanísticas. Procedimiento de Otorgamiento de las Licencias Urbanísticas. Eficacia Temporal y Caducidad de la Licencia Urbanísticas.

31. Licencias Urbanísticas. Licencias Urbanísticas disconformes con la nueva Ordenación Urbanística. Contratación de los Servicios por las Empresas Suministradoras.

32. Clasificación del Suelo por Zonas. Calificación Tipológica.

33. Condiciones de las Parcelaciones en Suelo Urbano.

34. Normas Específicas para Suelo No Urbanizable. Disposiciones Generales.

35. Régimen General del Suelo No Urbanizable. Disposiciones Generales. Clasificación y Regulación de las Intervenciones de Reestructuración y Mejora del Medio Rural. Clasificación y Regulación de las Intervenciones de Parcelación. Clasificación y Regulación de las Intervenciones de Mejora de Infraestructuras. Clasificación y Regulación de las Intervenciones de Edificación.

36. Regulación General de las Intervenciones. Reestructuración y Mejora del Medio Rural. Invernaderos. Mejora de Infraestructuras.

37. Condiciones Específicas de las Parcelaciones en SNU.

38. Condiciones Generales de las Edificaciones En SNU. Condiciones Genéricas. Condiciones de Uso. Condiciones de implantación. Cercas y Vallas. Movimientos de Tierras.

39. Núcleo de Población. Supuestos de existencia de Núcleo de Población.

40. Normas de Protección del Medio Urbano. Objeto. Régimen de Protección de Areas Urbanas. Protección de Vistas y Paisaje. Protección de Conjuntos Urbanos. Protección de la Edificación.

41. Las licencias. Objeto. Actos Sujetos a licencia. Contenido. Titulares de las licencias. Plazos y Vigencia. Documentación.

42. Ordenanzas de las Obras de Urbanización. Objeto. Condiciones Generales de la Urbanización. Clasificación. Alcance. Procedimiento, Aprobación Municipal, Ejecución de las Obras, Recepción de las Obras, Condiciones Particulares de las Obras de Urbanización.

43. Ordenanzas de las Obras de Urbanización. Suministro de Agua Potable. Saneamiento. Telefonía y Telecomunicaciones. Suministro Eléctrico. Alumbrado Público. Sistema Viario.

44. Parcelaciones. Objeto. Parcela Existente. Parcela Registral. Parcela Edificable. Parcela Mínima Edificable. Ocupación de Parcela. Alineación Oficial de la Parcela. Solar. Parcela Mínima de Cultivo.

45. Parcelaciones. Condiciones de las Parcelas. Intervenciones en el Parcelario. Procedimientos de la Intervención.

46. Ordenanzas de la Edificación. Condiciones Generales de la Edificación. Objeto. Alineaciones. Alineaciones Actuales de la Edificación. Alineación Oficial. Alineaciones Interiores. Retranqueos sobre la Alineación Oficial. Separación a linderos. Edificación Fuera de Alineación. Establecimiento de Alineaciones y Rasantes. Altura de la Edificación. Altura de Plantas. Construcciones por encima de la Altura Máxima. Patios de Parcela. Patios de Manzana. Vuelos. Computo de Edificabilidad.

47. Ordenanzas de la Edificación. Condiciones Particulares de la Edificación. Tipología: Manzana Cerrada. Edificación con Ordenación detallada. Agrupación de Viviendas Unifamiliares. Edificación Aislada. Ocupación de la Edificación. Otras Disposiciones Comunes, Previsión de Aparcamientos, Condiciones Formales y Compositivas, deber de Conservación, Ruina.

48. Ordenanza de Usos. Objeto. Asignación de Usos. Clasificación General de Usos.

49. Condiciones de Usos: Residenciales. Plurifamiliares. Familiares. Unifamiliares. Colectivos Turístico. Turístico Hotelero. Turístico Residencial. Turístico Especial.

50. Condiciones de Usos: Industriales. Locales Industriales. Industrias Compatibles. Industria Exclusiva. Locales de Usos Terciarios. Edificios de Usos Terciarios. Garajes

51. Condiciones de Usos: Dotacionales. Infraestructuras. Obras e Instalaciones Complementarias. Elementos del Sistema General. Agropecuarios.

52. Condiciones de Diseño. Usos Residenciales. Usos Turísticos. Usos Industriales.

53. Condiciones de Diseño. Uso Terciario. Edificios Dotacionales.

54. Ordenanza del Uso Mantenimiento de la Ciudad. Condiciones Generales. Condiciones Particulares. Condiciones de las Obras en Relación a los Espacios Públicos. Régimen Sancionador.

55. Ordenanza del Uso Mantenimiento de la Ciudad. Ocupación de la Vía Pública. Mesas, Sillas Toldos. Quioscos. Condiciones de las Concesiones de la Ocupación.

56. Ordenanza Municipal para la Instalación y Funcionamiento de Antenas de Telefonía Móvil.

57. Ordenanza Reguladora de Movimiento de Tierras y de la Instalación de Explotaciones Agrícolas Bajo Plástico.

58. Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía. Principios Generales. Protección del Patrimonio Histórico. Conservación y Restauración.

59. Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía. Patrimonio Inmueble. Patrimonio Mueble. Patrimonio Arqueológico. Patrimonio Etnográfico.

60. Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía. Infracciones Administrativas y sus Sanciones.

MODELO

SOLICITUD

1. Datos del puesto a cubrir.

Plaza a la que aspira: Arquitecto-Técnico.

Convocatoria: Fecha BOE ......./......../........

2. Datos personales.

Nombre.........................

Apellidos: .................... DNI ................................

Domicilio............................................. Tlfno. ........................

Población ................................. código postal ..........................Provincia......................

3. Documentación que adjunta:

3.1. Resguardo del ingreso de los derechos de examen.

3.2. Fotocopia del DNI.

3.3. Méritos para la fase de Concurso (relacionar):

El abajo firmante, solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne los requisitos señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a acreditarlo documentalmente como condición para el nombramiento de funcionario de carrera. Lugar fecha y firma

Salobreña, 18 de diciembre de 2007.- El Alcalde, Avelino Menéndez Fernández.

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