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Número de Identificación General: 1801741C20052000321.
Procedimiento: J. Verbal (N) 326/2005. Negociado: SE.
EDICTO
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Almuñécar.
Juicio: J. Verbal (N) 326/2005.
Parte demandante: Hogar Inmobiliaria, S.L., Unipersonal.
Parte demandada: Bram Ter Brugge.
Sobre: J. Verbal (N).
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
SENTENCIA NUM. .../2006
En Almuñécar, a quince de diciembre de dos mil seis.
Vistos por don Raúl Muñoz Pérez, Juez titular Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Almuñécar, los presentes autos de Juicio Verbal con el número 326 del año 2006, sobre desahucio y reclamación de rentas, seguidos a instancia de la mercantil Edificaciones Eurolar, S.A, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Bustos Montoya, y asistida por el Letrado don Juan Rodríguez Cadenas, contra don Bram Ter Brugge, declarado en rebeldía.
FALLO
Estimar parcialmente la demanda interpuesta por la mercantil Edificaciones Eurolar, S.A., contra don Bram Ter Brugge, declarado en rebeldía, declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 1 de marzo de 2004 suscrito entre las partes y condeno al citado demandado:
1. A que deje libre y a disposición de la actora la vivienda sita en Almuñécar, en el Edificio "Alto del Realengo" en La Herradura, portal 2, piso 1.º, letra D", con apercibimiento expreso de ser lanzada judicialmente de la misma, en fecha 11 de marzo de 2007, a las 13,00 horas, en caso de no cumplir de forma voluntaria lo dispuesto en el fallo de la presente resolución.
A que abone a la actora la suma de cuatrocientos seis euros con setenta y cinco euros (406,75 euros).
Todo ello sin hacer expresa imposición de costas.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término del quinto día, plazo que se contará a partir del día siguiente a aquél en que la misma sea notificada.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia al demandado Bram Ter Brugge.
En Almuñécar, a dieciséis de noviembre de dos mil siete.- El/La Secretario/a Judicial.
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