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De conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Educación de 7 de junio de 2005 (BOJA núm. 132, de 8 de julio), por la que se establecen las bases de la convocatoria y las bases reguladoras de ayudas económicas individuales dirigidas al personal docente de todos los niveles de enseñanzas dependientes de la Consejería de Educación para la realización de actividades de formación permanente y vista la propuesta que me eleva la Comisión Regional según establece el artículo noveno de la misma, esta Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, por delegación de la Excelentísima Sra. Consejera de Educación,
RESUELVE
Primero. Estimar las ayudas económicas relacionadas en el Anexo I y denegar las relacionadas en el Anexo II.
Segundo. Hacer públicos dichos Anexos en los tablones de anuncios y en las páginas web de la Consejería de Educación y de sus Delegaciones Provinciales.
El pago de las ayudas concedidas se hará efectivo una vez publicada la presente Resolución. Dicho pago se efectuará de una sola vez por transferencia bancaria a la cuenta corriente que haya indicado la persona beneficiaria.
Los abonos se realizarán con cargo a las partidas presupuestarias 0.1.18.00.01.00.8078.484.03.42B y 0.1.18.00.03.00.8078.162.01.42B.
Teniendo en cuenta que la justificación de las ayudas se ha realizado con anterioridad al día de la fecha de la presente Resolución, las personas beneficiarias deberán comunicar al órgano concedente cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta en la concesión de las ayudas, así como las recogidas en los artículos 105, 108 y 110 de la Ley 5/1983, General de Hacienda Pública.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su notificación, ante esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 18 de diciembre de 2007.- El Director General, Emilio Solís Ramírez.
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