Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 17/03/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda.

Resolución de 13 de febrero de 2008, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de los municipios integrados en el Consorcio para el Desarrollo de la Vega-Sierra Elvira (Granada). (PP. 570/2008).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

CUOTA FIJA DE SERVICIO

Uso doméstico y benéfico

Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm 1,9578 euros/mes

Contadores de 30, 40 y 50 mm 4,4335 euros/mes

Contadores de más de 50 mm 8,2900 euros/mes

Uso industrial, obras y centros oficiales

Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm 8,7595 euros/mes

Contadores de 30, 40 y 50 mm 11,9464 euros/mes

Contadores de más de 50 mm 24,7380 euros/mes

CUOTA VARIABLE

Uso doméstico

Hasta 10 m3/ab/mes 0,3226 euros/m3

Más de 10 m3/ab/mes a 20 m3/ab/mes 1,0026 euros/m3

Más de 20 m3/ab/mes 1,3193 euros/m3

Uso industrial y obras

Hasta 35 m3/ab/mes 0,7660 euros/m3

Más de 35 m3/ab/mes 1,2096 euros/m3

Usos oficiales

Bloque único 0,3932 euros/m3

La presente tarifa se facturará con periodicidad bimestral, salvo en los casos en que la media de los consumos registrados en el año anterior sean superiores a 100 m3 mensuales, en cuyo caso se aplicará la facturación mensual.

Bonificación en tarifas domésticas. Conforme al Acuerdo adoptado por la Asamblea General del Consorcio para el desarrollo de la Vega-Sierra Elvira, en sesión celebrada el 3 de diciembre de 2007, que se transcribe literalmente a continuación.

"Bonificación en consumo: Para los abonados de Aguasvira a los que está siendo suministrada agua de sus propias fuentes de abastecimiento, es decir, que están fuera del sistema de Canales-Quéntar/

El Chaparral

, se establecen unas bonificaciones que estarán vigentes hasta el momento en que entre a formar parte del citado sistema.

Bonificación Bloque I -0,1613

/m3

Bonificación Bloque II -0,5013

/m3

Para los jubilados-pensionistas que cumplan los siguientes requisitos:

- La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el salario mínimo interprofesional.

- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.

- No convivan con otras personas con rentas contributivas.

- Su consumo sea menor o igual a 10 m3 al mes.

Se les aplicará una bonificación de 0,3226 euros/m3 (100%) a los primeros 7,5 m3 al mes.

Las familias numerosas que cumplan los siguientes requisitos:

- Tener el título de familia numerosa que otorga el Instituto Andaluz de Asuntos Sociales.

- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.

Verán incrementado el tope superior de los bloques I y II tarifarios en 2,5 m3/mes, por cada uno de los miembros, de los incluidos en el título de familia numerosa, en que la unidad familiar supere el de cuatro."

RECARGO ESPECIAL CUBILLAS:

Suministros domésticos 0,2535 euros/m3

Suministros industriales 0,3458 euros/m3

DERECHO DE CONTRATACION:

Uso doméstico

Calibres del contador en mm

Hasta 7 47,5601 euros

10 58,3784 euros

13 69,1967 euros

15 76,4089 euros

20 94,4394 euros

25 112,4699 euros

30 130,5004 euros

40 166,5614 euros

50 202,6224 euros

65 256,7139 euros

80 310,8054 euros

100 382,9274 euros

150 563,2324 euros

Uso industrial y obras

Calibres del contador en mm

Hasta 7 51,3274 euros

10 62,1457 euros

13 72,9640 euros

15 80,1762 euros

20 98,2067 euros

25 116,2372 euros

30 134,2677 euros

40 170,3287 euros

50 206,3897 euros

65 260,4812 euros

80 314,5727 euros

100 386,6947 euros

150 566,9997 euros

Usos oficiales

Calibres del contador en mm

Hasta 7 0,0000 euros

10 10,0551 euros

13 20,7699 euros

15 27,9821 euros

20 46,0126 euros

25 64,0431 euros

30 82,0736 euros

40 118,1346 euros

50 154,1956 euros

65 208,2871 euros

80 262,3786 euros

100 334,5006 euros

150 514,8056 euros

DERECHOS DE RECONEXION

Calibres del contador en mm

Hasta 7 18,0800 euros

10 32,9600 euros

13 en adelante 33,1100 euros

FIANZAS

Calibres del contador en mm

7, 10 y 13 20,3000 euros

15 y 20 36,6800 euros

25 57,5600 euros

30 81,8800 euros

40 141,5100 euros

50 194,9100 euros

más de 50 194,9100 euros

DERECHOS DE ACOMETIDA

Parámetro A 17,45 euros/mm

Parámetro B 81,02 euros/litros/segundo

Esta Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de febrero de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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