Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
CUOTA FIJA DE SERVICIO
Uso doméstico y benéfico
Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm 1,9578 euros/mes
Contadores de 30, 40 y 50 mm 4,4335 euros/mes
Contadores de más de 50 mm 8,2900 euros/mes
Uso industrial, obras y centros oficiales
Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm 8,7595 euros/mes
Contadores de 30, 40 y 50 mm 11,9464 euros/mes
Contadores de más de 50 mm 24,7380 euros/mes
CUOTA VARIABLE
Uso doméstico
Hasta 10 m3/ab/mes 0,3226 euros/m3
Más de 10 m3/ab/mes a 20 m3/ab/mes 1,0026 euros/m3
Más de 20 m3/ab/mes 1,3193 euros/m3
Uso industrial y obras
Hasta 35 m3/ab/mes 0,7660 euros/m3
Más de 35 m3/ab/mes 1,2096 euros/m3
Usos oficiales
Bloque único 0,3932 euros/m3
La presente tarifa se facturará con periodicidad bimestral, salvo en los casos en que la media de los consumos registrados en el año anterior sean superiores a 100 m3 mensuales, en cuyo caso se aplicará la facturación mensual.
Bonificación en tarifas domésticas. Conforme al Acuerdo adoptado por la Asamblea General del Consorcio para el desarrollo de la Vega-Sierra Elvira, en sesión celebrada el 3 de diciembre de 2007, que se transcribe literalmente a continuación.
"Bonificación en consumo: Para los abonados de Aguasvira a los que está siendo suministrada agua de sus propias fuentes de abastecimiento, es decir, que están fuera del sistema de Canales-Quéntar/
El Chaparral
, se establecen unas bonificaciones que estarán vigentes hasta el momento en que entre a formar parte del citado sistema.
Bonificación Bloque I -0,1613
/m3
Bonificación Bloque II -0,5013
/m3
Para los jubilados-pensionistas que cumplan los siguientes requisitos:
- La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el salario mínimo interprofesional.
- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.
- No convivan con otras personas con rentas contributivas.
- Su consumo sea menor o igual a 10 m3 al mes.
Se les aplicará una bonificación de 0,3226 euros/m3 (100%) a los primeros 7,5 m3 al mes.
Las familias numerosas que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener el título de familia numerosa que otorga el Instituto Andaluz de Asuntos Sociales.
- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.
Verán incrementado el tope superior de los bloques I y II tarifarios en 2,5 m3/mes, por cada uno de los miembros, de los incluidos en el título de familia numerosa, en que la unidad familiar supere el de cuatro."
RECARGO ESPECIAL CUBILLAS:
Suministros domésticos 0,2535 euros/m3
Suministros industriales 0,3458 euros/m3
DERECHO DE CONTRATACION:
Uso doméstico
Calibres del contador en mm
Hasta 7 47,5601 euros
10 58,3784 euros
13 69,1967 euros
15 76,4089 euros
20 94,4394 euros
25 112,4699 euros
30 130,5004 euros
40 166,5614 euros
50 202,6224 euros
65 256,7139 euros
80 310,8054 euros
100 382,9274 euros
150 563,2324 euros
Uso industrial y obras
Calibres del contador en mm
Hasta 7 51,3274 euros
10 62,1457 euros
13 72,9640 euros
15 80,1762 euros
20 98,2067 euros
25 116,2372 euros
30 134,2677 euros
40 170,3287 euros
50 206,3897 euros
65 260,4812 euros
80 314,5727 euros
100 386,6947 euros
150 566,9997 euros
Usos oficiales
Calibres del contador en mm
Hasta 7 0,0000 euros
10 10,0551 euros
13 20,7699 euros
15 27,9821 euros
20 46,0126 euros
25 64,0431 euros
30 82,0736 euros
40 118,1346 euros
50 154,1956 euros
65 208,2871 euros
80 262,3786 euros
100 334,5006 euros
150 514,8056 euros
DERECHOS DE RECONEXION
Calibres del contador en mm
Hasta 7 18,0800 euros
10 32,9600 euros
13 en adelante 33,1100 euros
FIANZAS
Calibres del contador en mm
7, 10 y 13 20,3000 euros
15 y 20 36,6800 euros
25 57,5600 euros
30 81,8800 euros
40 141,5100 euros
50 194,9100 euros
más de 50 194,9100 euros
DERECHOS DE ACOMETIDA
Parámetro A 17,45 euros/mm
Parámetro B 81,02 euros/litros/segundo
Esta Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de febrero de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.
Descargar PDF