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NIG: 2906742C20050027995.
Procedimiento: Divorcio Contencioso (N) 1407/2005. Negociado: PN.
De: Don Francisco Ríos Mayorga.
Procurador: Sr. Angel Fernández Bernal.
Letrado: Sr. Jorge Ismael Mesa Liñán.
Contra: Doña Ksenia Kurakina.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACIóN
En el procedimiento Divorcio Contencioso (N) 1407/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Dieciséis de Málaga a instancia de don Francisco Ríos Mayorga contra Ksenia Kurakina se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NúM. 795/06
En la ciudad de Málaga, a veinte de septiembre de dos mil seis.
Vistos por la Ilma. Sra. doña Carmen Moreno Romance Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 16 de Málaga y su Partido, los autos de juicio de Divorcio incidental núm. 1407/05 promovidos por el Procurador don Angel Fernández Bernal, asistido del Letrado don Jorge Mesa Liñán en nombre y representación de don Francisco Manuel Ríos Mayorga frente a doña Ksenia Kurakina, en situación procesal de rebeldía,
FALLO
Que debiendo estimar como estimo la demanda interpuesta por don Francisco Manuel Ríos Mayorga representado por el Procurador don Angel Fernández Bernal, contra doña Ksenia Kurakina, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio existente entre ambas partes, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración. Todo ello, sin hacer especial imposición de las costas causadas en el presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación y del que, en su caso, conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.
Y firme que sea esta resolución, expídase el oportuno despacho al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio para la anotación marginal de la misma en su inscripción registral.
Así por esta mi sentencia, que se unirá al legajo de las de su clase y por certificación a los autos de su razón, juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva notificación en forma a la demandada Ksenia Kurakina, extiendo y firmo la presente en Málaga a uno de junio de dos mil siete.- El/La Secretario.
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