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Advertido error en el Edicto publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 68, de fecha 7 de abril de 2008, página 115, en la base tercera, apartado b) dice: "Tener cumplido 18 años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de quince años para la jubilación forzosa por edad". Debe decir: "b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa".
Abla, 14 de abril de 2008.
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