Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 14/05/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda.

Decreto 185/2008, de 29 de abril, por el que se acepta la cesión gratuíta de la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Algeciras (Cádiz), de una parcela situada en la Unidad de Actuación P.M-5 al sitio SZO, Piñera II, para la construcción de una Residencia para la atención especializada de Personas Mayores en régimen de internado, y se adscribe a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

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Por el Ayuntamiento de Algeciras (Cádiz) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela de terreno de 4.000 m2, ubicada en la unidad de actuación P.M-5 al sitio SZO, Piñera II, para la construcción de una Residencia para la atención especializada para Personas Mayores en régimen de internado.

Por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social se considera de interés la aceptación de la referida cesión gratuita de la propiedad, a fin de garantizar el cumplimiento de la implantación progresiva del Sistema Nacional de Dependencia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 29 de abril de 2008,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad ofrecida por el Ayuntamiento de Algeciras (Cádiz) de una parcela, cuya descripción y linderos es la siguiente:

Urbana. Parcela señalada con la letra C, situada en la Unidad de Actuación PM-5, término de Algeciras, al sitio SZO, Pinera II, con una superficie de 4.000 m2, linda: Noreste, con parcela B, Sureste, con parcela E, Sur, con parcela D y Noroeste, con calle Agustín Moriche.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Algeciras, a favor del Ayuntamiento de Algeciras, al folio 164, libro 1383, tomo 1724 finca número 78892, y forma parte de la finca catastral 9001301TF7090S0001YB.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de los terrenos cedidos, que se adscriben a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, para la construcción de una Residencia para la atención especializada de Personas Mayores en régimen de internado.

Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 29 de abril de 2008

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía

y Consejero de Economía y Hacienda

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