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NIG: 4100442C20060002561.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 814/2006. Negociado: 2R.
EDICTO
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Alcalá de Guadaíra.
Juicio: Procedimiento Ordinario 814/2006.
Parte demandante: Plexi, S.L.
Parte demandada: Ingeniería Señalización Comunicación, S.L.
Sobre: Procedimiento Ordinario.
En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:
En Alcalá de Guadaíra a veintiocho de septiembre de dos mil siete.
La Sra. doña Inmaculada Donate Valera, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de los de Alcalá de Guadaíra y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario 814/2006 promovidos a instancia de la Procuradora de los Tribunales Sra. Cabello Sánchez, en nombre y representación de la entidad mercantil Plexi, S.L., asistida del Letrado Sr. Machado Arévalo, contra la entidad mercantil Ingeniería Señalización Comunicación, S.L., en situación de rebeldía procesal por esta causa,
FALLO
Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Cabello Sánchez, en nombre y representación de Plexi, S.L., contra la entidad mercantil Ingeniería Señalización Comunicación, S.L., en situación de rebeldía procesal por esta causa, y condenar a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 8.415,03 euros más los intereses moratorios y legales. La parte demandada deberá abonar las costas causadas en el procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del día de la fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de Notificación de Sentencia.
En Alcalá de Guadaíra, a cuatro de abril de dos mil ocho.- El/La Secretario/a Judicial.
Diligencia. La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.
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