Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 15/05/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 25 de marzo de 2008, del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, dimanante del procedimiento ordinario núm. 195/2006. (PD. 2305/2008).

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NIG: 1101247MU20061000073.

Procedimiento: Juicio Ordinario 195/2006. Negociado: A.

Sobre reclamación de cantidad.

De: Hierros H. Huarte, S.L.U.

Procuradora: Sra. Gómez Coronil, M.ª Isabel.

Letrado: Sr. José Alberto San Román Sánchez.

Contra: Cross Estructuras S.L. y Jesús María Troya Villalar.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Juicio Ordinario 195/2006 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz a instancia de "Hierros H. Huarte S.L.U.", contra "Cross Estructuras, S.L." y Jesús María Troya Villalar sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Vistos por la Ilma. Sra. doña Nuria Auxiliadora Orellana Cano, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado con el núm. 195/2006, a instancia de la entidad "Hierros H. Huarte, S.L.U.", representada por la Procuradora doña M.ª Isabel Gómez Coronil y asistida por el Letrado don Alberto San Román, contra la entidad "Cross Estructuras, S.L.", y contra su Administrador Unico don Jesús María Troya Villalar, declarados en rebeldía, sobre reclamación de cantidad y responsabilidad de administradores.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la entidad "Hierros H. Huarte, S.L.U.", representada por la Procuradora doña M.ª Isabel Gómez Coronil, contra la entidad "Cross Estructuras, S.L.", y contra su Administrador Unico don Jesús María Troya Villalar, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de treinta y un mil ciento sesenta y ocho euros con sesenta y siete centimos de euros (31.168,67 ecuros), en concepto de principal, más la cantidad de mil ciento setenta y dos euros con tres céntimos de euro (1.172,03 euros), en concepto de intereses hasta la presentación de la demanda, así como al pago de los intereses legales desde la presentación de la demanda, detallados en el fundamento jurídico sexto, que se liquidarán en ejecución de sentencia; imponiéndole a los demandados el pago de las costas devengadas en el presente proceso.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial que se preparará por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a su notificación, limitándose a citar la resolución apelada y a manifestar su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados "Cross Estructuras, S.L." y "Jesús María Troya Villalar", extiendo y firmo la presente en Cádiz, 25 de marzo de 2008.- La Secretaria.

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