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Expte. MO/00005/2007.
Advertido un error en la Orden de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de 22 de septiembre de 2008, por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público «Grupo del Caíllo», con Código de la Junta de Andalucía CA-11009-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, concretamente que en el contenido de la misma no se hace mención a la ubicación de parte de la Agrupación de Montes en el término municipal de Benaocaz, provincia de Cádiz, concretamente al monte «Navazuelos Fríos y Cuesta Fardela».
En virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procede a su corrección, una vez subsanado el error, quedando esta como sigue:
En la Orden, donde dice:
- «Grupo del Caíllo», Código de la Junta de Andalucía CA-11009-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Villaluenga del Rosario, provincia de Cádiz.
Debe decir:
- «Grupo del Caíllo», Código de la Junta de Andalucía CA-11009-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en los términos municipales de Villaluenga del Rosario y Benaocaz, provincia de Cádiz.
Se procede a la rectificación del error en el expediente y en los planos de deslinde.
Sevilla, 15 de junio de 2009
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