Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 31/07/2009

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Ayuntamientos

Anuncio de 14 de julio de 2009, del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, de rectificación de las bases para la selección de plaza de Inspector de la Policía Local.

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Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere el art. 21.1g) de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Régimen Local, en atención al requerimiento de la Subdelegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en el Campo de Gibraltar, ha aprobado la rectificación de las bases que han de regir en la convocatoria para cubrir mediante el sistema de acceso de promoción interna a través del procedimiento de selección de concurso-oposición, una plaza de Inspector de Policía Local en el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, con la siguiente literalidad:

Base 2:

1.a). «… como funcionarios de carrera en los Cuerpos de la Policía Local…»

l.b). «Tener la titulación académica de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o equivalente».

Base 5: «Vocales: En Número de cuatro, uno designado por la Junta de Andalucía y los otros tres funcionarios nombrados directamente por el Alcalde-Presidente de la Corporación, junto a cada vocal se ha de nombrar su suplente que ha de cumplir los mismos requisitos».

Base 6:

2.1. Donde dice: «Primera parte: Por escrito, se contestará al cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el tribunal, en relación a las materias que figuran en el temario, aunque no se atenga a un epígrafe concreto del temario, teniendo los aspirantes amplia libertad en cuanto a su forma de exposición se refiere.

En este ejercicio se valorará el conocimiento del tema, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición, la aportación personal de aspirante y su capacidad de síntesis».

Debe decir: «Primera parte: Por escrito, se contestará al cuestionario tipo test de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el tribunal, en relación a las materias que figuran en el temario».

Baremos. Apartado A): … servicios prestados en el Cuerpo de la Policía Local de Andalucía…

Apartado C). Donde dice: «Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local de Andalucía…

Debe decir: Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía, según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:

Medalla de Oro: 3 puntos.

Medalla de Plata: 2 puntos.

Cruz con distintivo verde: 1 punto

Cruz con distintivo blanco: 0.75 puntos…»

Apartado D). … «no se valorará el conocimiento de otros idiomas, quedando por tanto este apartado eliminado del concurso».

Base 9: «… al Alcalde-Presidente de la Corporación para que formule el correspondiente nombramiento de funcionario en práctica…».

Base 11: «… en el plazo máximo de un mes, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento…

Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses».

Base 12: «Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales; Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local; Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local; Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local; Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado; y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios/as de Administración Local».

La Línea de la Concepción, 14 de julio de 2009

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