Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 14/10/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de mayo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (Antiguo Mixto núm. Dos), dimanante del procedimiento ordinario 659/2008. (PD. 2973/2009).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 1102042C20080003016.

Procedimiento Ordinario 659/2008.

Sobre: Ordinario.

De: De Lage Landen International B.V. Sucursal en España.

Procurador: Sr. Enrique Pérez-Barbadillo Barbadillo.

Contra: Don Jacobo Álvarez, S.L., Jacobo Álvarez Domínguez y María del Carmen García Cabello.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 659/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (Antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de De Lage Landen International B.V. sucursal en España contra Jacobo Álvarez, S.L., Jacobo Álvarez Domínguez y María del Carmen García Cabello sobre Ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 162/2009

En Jerez de la Frontera, a veintiocho de mayo de dos mil nueve.

La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario de Reclamación de Cantidad núm. 659/2008 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante De Lage Landen International BV, sucursal en España con Procurador don Enrique Pérez-Barbadillo Barbadillo y letrada doña Genma Tarín Cañadas, y de otra como demandados Jacobo Álvarez, S.L, don Jacobo Álvarez Domínguez y doña María del Carmen García Cabello, rebeldes,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por De Lage Landen International BV, Sucursal en España contra Jacobo Álvarez, S.L., don Jacobo Álvarez Domínguez y doña María del Carmen García Cabello, rebeldes, debo declarar y declaro resuelto los contratos de arrendamiento financiero números 71940005348 y 71940009238 que vinculan a las partes, condenando a la codemandada Jacobo Álvarez, S.L., a la inmediata devolución del objeto de los contratos, miniexcavadora marca Kubota modelo KX 121-3 con número de fabricación WKFRGU0400Z075145, miniexcavadora marca Kubota modelo KX 101-3 número de fabricación WKFRGS0003Z070049, y miniexcavadora marca Kubota modelo U-45-3 NGKAIAT con número de serie WKFRGV0400Z075065; y a dicha demandada y al Sr. Álvarez Domínguez a que solidariamente abonen a la actora la cantidad de ochenta mil novecientos treinta y cuatro con noventa y cinco euros (80.934,95), de los que 54.862,59 euros viene obligada a abonar solidariamente la codemandada Sra. García Cabello, más los intereses pactados del 1,5% mensual devengados desde la fecha de vencimiento de cada una de las cuotas impagadas, y con imposición a los mismos de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Jacobo Álvarez, S.L., Jacobo Álvarez Domínguez, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, 28 de mayo de 2009.- El/La Secretario.

Descargar PDF