Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 28/10/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de septiembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Granada, dimanante de procedimiento ordinario núm. 120/06. (PD. 3133/2009).

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Doña María Dolores de Torre García, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Granada.

Doy fe y testimonio: Que en los autos de Juicio Ordinario 1020/06, seguidos ante este Juzgado, se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 146

En Granada, 3 de septiembre de 2009. La Ilma. Sra. doña Angélica Aguado Maestro, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Seis de esta Ciudad: Habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1020/06, promovidos a instancia de Caisse Regionale du Credit Agricole Mutuel de la Reunión, representado por la Procuradora doña Socorro Salgado Anguila y defendido por la Letrada doña Lourdes Cacho López de la Calzada, contra don Scpcogest Foulematou, con pasaporte de la República del Senegal núm. 98FA80976, declarado en rebeldía y versando el juicio sobre reclamación de cantidad.

FALLO

1. Condeno a don Scpcogest Foulematou a pagar a Caisse Regionale de Credit Agricole Mutuel de la Reunión la cantidad de 98.645,50 euros, cantidad que se encuentra ingresada en cuenta bancaria número ES 56-2024-0700-3536-9000-0729, de Cajasur, Sucursal de Granada, calle Gran Vía de Colón, núm. 12, más los intereses legales que correspondan.

2. Para su efectividad, se librará oportuno oficio a Cajasur para que proceda a desbloquear la cuenta beneficiaría de la transferencia realizada en su día de su sucursal de Granada, calle Gran Vía de Colón, núm. 12, cuenta bancaria número ES 56-2024-0700-3536-9000-0729 y a transferir a Caisse Regionale de Credit Agricole Mutuel de la Reunión, el saldo de la misma hasta cubrir el importe reclamado de 98.645,50 euros, más los intereses legales que correspondan.

3. Condeno a don Scpcogest Foulematou al pago de las costas del juicio.

Firmado y rubricado.- A. Aguado Maestro.

Y para que conste y surta los oportunos efectos, siriviendo de notificación de sentencia en forma a Scp Cogest y Foulematou, que se encuentran en ignorado paradero, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado y dirigido a la Ilma. Audiencia Provincial de Granada, expido, firmo y sello la presente en Granada, a siete de septiembre de dos mil ocho.

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