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Examinadas las solicitudes presentadas por el referido personal en el período mencionado, relativas a la modalidad de ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», con cargo al Fondo de Acción Social, para el personal funcionario y no laboral, y para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, que establece la Orden de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10.5) mediante la que se aprueba el Reglamento de las citadas Ayudas, tienen lugar los siguientes.
HECHOS
Primero. Se ha comprobado que las solicitudes correspondientes a los beneficiarios, cuya concesión se hace pública mediante esta Resolución, reúnen todos los requisitos fijados reglamentariamente para su concesión.
Segundo. Asimismo, aquellas otras que, presentadas durante el mismo período, adolecieran de algún defecto, se publican igualmente mediante esta Resolución, concediéndose plazo de reclamación para la subsanación de tales errores o defectos.
A tales hechos le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Los artículos 13 y siguientes del referido Reglamento que regulan la Ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», en relación con el artículo 11 del mismo texto, que establece el procedimiento de resolución de estas ayudas.
II. La disposición adicional segunda de la Orden que aprueba el citado Reglamento por la que se delegan la gestión y resolución de las Ayudas «Médica Protésica y Odontológica» en los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública.
III. El artículo 3 del Reglamento, mediante el que se establece el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio de esta modalidad de ayuda.
IV. La Resolución de 3 de febrero de 2009 (BOJA núm. 32, de 17 de febrero de 2009) en la que se determina, para el ejercicio 2009, las cuantías a abonar para este tipo de ayudas, en relación con el artículo 8 del referido Reglamento.
Vistos los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial,
RESUELVE
Primero. Publicar los listados definitivos del personal funcionario y no laboral y del personal laboral, admitidos para la concesión de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2009, en la modalidad «Médica, Protésica y Odontológica» que a tales efectos quedarán expuestos en la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Almería.
Segundo. Publicar los listados provisionales de excluidos de las Ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, en la modalidad «Médica, Protésica y Odontológica» correspondientes a las solicitudes presentadas en el período comprendido entre el 26 de julio al 31 de agosto de 2009, del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía con indicación de las causas de exclusión, que a tales efectos quedarán expuestas en la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Almería, y cuya consulta podrá realizarse, a su vez, a través de la web del empleado público: http//www.juntadeandalucia.es/justiciayadminstracionpublica/empleado publico.
Tercero. Conceder un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, para que los interesados presenten las reclamaciones que estimen pertinentes en relación con el contenido de dichos listados y, en su caso, subsanen los defectos padecidos en su solicitud o en la documentación preceptiva.
Dichas reclamaciones se presentarán en esta Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, en lo referente a los listados definitivos de admitidos, el personal funcionario y no laboral puede interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería o ante el Juzgado en cuya circunscripción tuviere el demandante su domicilio, a elección de este último, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la citada Ley 30/1992, y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Almería, 19 de octubre de 2009.- El Delegado, Manuel Ceba Pleguezuelos.
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