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NIG: 1102042C20090006701.
Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta pago-250.1.1) 1429/2009. Negociado: E.
Sobre: J. Verbal Desahucio.
De: Doña Dolores Soler del Toro.
Procurador: Sr. Luis M. Osborne García-Raez.
Contra: Don Zaidi Hassan.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 1429/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera a instancia de doña Dolores Soler del Toro contra don Zaidi Hassan sobre J. Verbal Desahucio, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 252/2009
En Jerez de la Frontera, a siete de octubre de dos mil nueve.
La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrada Juez del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal de Desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad núm. 1429/2009 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Dolores Soler del Toro con Procurador don Luis Manuel Osborne García-Raez y Letrada doña María Bellido Chillada, y de otra como demandado don Zaidi Hassan, rebelde,
FALLO
Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por doña Dolores Soler del Toro contra don Zaidi Hassan, rebelde, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que respecto al local comercial, sito en la Plaza Colomina, número 8, Barriada Santo Tomás de Aquino de esta ciudad, une a las partes, condenando a dicho demandado a que lo desocupe y entregue a la actora con apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, señalado para el día 18 de noviembre de 2009, y a que abone a la Sra. Soler del Toro la cantidad de tres mil trescientos dieciséis con cuarenta y siete euros (3.316,47), más las rentas y cantidades asimiladas que vayan venciendo hasta el completo desalojo del inmueble, y con imposición al mismo de las costas causadas en esta instancia.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Zaidi Hassan, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a siete de octubre de dos mil nueve.- El/La Secretario.
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