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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan estas de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, la Excma. Diputación Provincial de Jaén ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su logotipo (identidad corporativa) provincial, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.
Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local aprobó en sesión de fecha 30 de diciembre de 2008, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su logotipo (identidad corporativa) provincial cuya descripción es la siguiente:
- Una letra la J (inicial) grande y prominente, en color verde Pantone 377. En su parte superior, la jota sustituye su tradicional punto por una virguilla en forma de hoja. El logotipo verbal es «Diputación de Jaén», en mayúsculas, derivada de la familia tipográfica Myriad Pro, se une al símbolo de la jota por su lado más sólido y recto (el tronco central). Los 3 colores de todo el conjunto son el blanco, negro y verde Pantone 377.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. Mediante escrito de fecha 13 de febrero de 2009, se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de su logotipo (identidad corporativa) provincial en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del artículo 8.k) del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,
RESUELVE
Primero. Admitir la inscripción del logotipo (identidad corporativa) de la provincia de Jaén en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la letra indicada, con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 25 de febrero de 2009.- El Director General, Manuel Zafra Víctor.
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