Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 13/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, por la que se acuerda el archivo del expediente de desafectación parcial de la vía pecuaria «Cañada Real Soriana», en el tramo que discurre por la barriada de Villarubia, en el término municipal de Córdoba, de la provincia de Córdoba (VP. 029/05).

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Visto el Expediente Administrativo de Desafectación de la vía pecuaria «Cañada Real Soriana», en el tramo que discurre por la barriada de Villarubia, en el término municipal de Córdoba, provincia de Córdoba.

Consultada la base de datos, consta que dicha vía pecuaria ya fue deslindada y parcelada, por Resolución de la Dirección General de Ganadería de fecha 11 de abril de 1960, Resolución de 16 de noviembre de 1960, Resolución de 31 de octubre de 1961, Resolución de 30 de enero de 1965, Resolución de 29 de enero de 1971, Resolución de 16 de octubre de 1978, y otras, por lo que no es necesario proceder a desafectar dicho tramo.

Considerando lo establecido en art. 42.1 de la Ley 30/1992, 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

R E S U E L V O

Ordenar el archivo del expediente administrativo de Desafectación instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba de la siguiente vía pecuaria:

Vía pecuaria: «Cañada Real Soriana» Villarubia (VP 029/05).

Fecha de inicio: Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de 10 de agosto de 2007.

Clasificación: Orden Ministerial de fecha de 23 de marzo de 1927.

Tramo: Comprendido por la Barriada de Villarubia.

Longitud: 4.799,20 metros.

Término Municipal: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de diciembre de 2008.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

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