Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 27/05/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 18 de mayo de 2010, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por la que se amplía el plazo previsto para la presentación de solicitudes de incentivo con arreglo a la Orden que se cita.

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El Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, enumera entre las Consejerías en las que se organiza la Administración de la Junta de Andalucía, la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, atribuyéndose a dicha Consejería las competencias que con anterioridad correspondían a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. El Decreto establece igualmente que las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos suprimidos por el mismo se entenderán realizadas a los que, en virtud del propio Decreto, asumen sus competencias.

Así pues, mediante la Orden de 12 de mayo de 2009, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, actualmente Consejería de Economía Innovación y Ciencia, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 97, de 22 de mayo de 2009, se establecen las bases reguladoras de un programa e incentivos para la digitalización de centros analógicos existentes de iniciativa local, emisores y reemisores de servicios de televisión de ámbito nacional y autonómico por ondas terrestres.

El artículo 15 de esta Orden obliga a las entidades interesadas a la firma y presentación telemática de las solicitudes de incentivo, a través del Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía.

Mediante Resolución de 27 de enero de 2010, se estableció un nuevo plazo de presentación de solicitudes de incentivo, correspondientes a centros ubicados en municipios englobados en las distintas Fases del programa de incentivos, que finaliza el 28 de mayo de 2010.

Estando próximo el vencimiento de dicho plazo, se ha constatado la posible existencia de centros de titularidad local, para cuya digitalización no ha sido presentada solicitud de incentivo, que podrían contribuir al objetivo de extender la cobertura de la Televisión Digital Terrestre (en adelante TDT) a zonas en las que existía cobertura con tecnología analógica y que, por las disposiciones normativas aplicables, han quedado con una deficiente recepción en TDT.

Conocido el contexto económico en el que nos encontramos, resulta conveniente favorecer que los posibles beneficiarios de los incentivos puestos en marcha por la Orden reguladora dispongan, para afrontar las inversiones necesarias para llevar a cabo la digitalización de centros analógicos de su titularidad, de dicha fuente de financiación.

Esta circunstancia, junto a las posibles dificultades técnicas y administrativas que las entidades interesadas en obtener el incentivo puedan encontrar para la presentación de la correspondiente solicitud, justifica la adopción de medidas encaminadas a facilitar la presentación de solicitudes de incentivo.

Teniendo en cuenta lo expuesto y facilitar a los interesados la tarea de llevar a cabo la adecuada sustitución tecnológica para la transición a la televisión digital terrestre, de conformidad con los artículos 14.2 y 16.3 de la Orden reguladora,

RESUELVO

Primero. Plazo de presentación de solicitudes.

Ampliar el plazo de presentación de las solicitudes de incentivo para los centros ubicados en municipios englobados en las distintas fases del programa de incentivos. El nuevo plazo de presentación de solicitudes para los referidos centros finalizará a las 14,00 horas del 15 de julio de 2010.

Segundo. Efectos.

La presente Resolución será publicada de acuerdo con lo previsto en los artículos 4.5 y 16.3 de la referida Orden de 12 de mayo de 2009 y producirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de mayo de 2010.- El Director General, Antonio Valverde Ramos.

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