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NIG: 1100641C20091000045.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 29/2009. Negociado: I.
Sobre: Resolución de contrato y reclamación de cantidad.
De: Michael Dyer y Kathryn Edith Lidiate.
Procuradora: Sra. Ana Romo Caro.
Contra: Romanber Desarrollo Inmobiliario, S.A. y Altarison Costasol, S.L.
Procurador: Sr. Cristóbal Andrades Gil.
Letrado: Sr. José Antonio Gamero Albarrán.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 29/2009, seguido en eI Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Arcos de la Frontera, a instancia de Michael Dyer y Kathryn Edith Lidiate contra Romanber Desarrollo Inmobiliario, S.A., y Altarison Costasol, S.L., sobre Resolución de contrato y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Se adjunta copia de sentencia de fecha 5.4.10.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Altarison Costasol, S.L., extiendo y firmo la presente en Arcos de la Frontera, a cinco de mayo de dos mil diez.- El/La Secretario.
SENTENCIA
En Arcos de la Frontera (Cádiz), a 5 de abril de 2010.
Vistos por doña Bernarda Beltrán Blázquez, Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Arcos de la Frontera (Cádiz), los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el núm. 29/09, a instancia de la Procuradora doña Ana María Romo Caro, en nombre y representación de don Michael Dyer y doña Kathryn Edith Lidiate, dirigida por el Letrado don Ignacio Castro García, contra Romanber Desarrollo Inmobiliario, S.A., representada por el Procurador don Cristóbal Andrades Gil y dirigida por el Letrado don José Antonio Gamero Albarrán, y contra Altarison Costasol, S.L., en situación procesal de rebeldía, sobre resolución contractual y reclamación de cantidad.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Ana María Romo Caro, en nombre y representación de don Michael Dyer y doña Kathryn Edith Lidiate, contra Romanber Desarrollo Inmobiliario, S.A., representada por el Procurador don Cristóbal Andrades Gil, y contra Altarison Costasol, S.L., en situación procesal de rebeldía, se declara resuelto el contrato de compraventa de fecha 24 de junio de 2005, así como el contrato de cesión de derechos de fecha 10 de mayo de 2006, que vinculaba a las partes, condenando a las expresadas demandadas a que abonen a la parte actora la cantidad de cincuenta y ocho mil cuatrocientos setenta y nueve euros con diecisiete céntimos (58.479,17 €), más los intereses especificados en el fundamento jurídico quinto de esta resolución, con imposición de las costas procesales causadas.
Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que, contra la misma, cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, que se preparará por escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a su notificación, limitándose a citar la resolución apelada y a manifestar su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.
Dedúzcase testimonio de esta resolución para su unión a autos, llevándose el original al Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el día de la fecha ante mí el Secretario. Doy fe.
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