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NIG: 1101542C20090001513.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 440/2009. Negociado: C.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: María de los Santos Vera Gómez.
Procurador/a: Sr. Enrique Colume Pedrero.
Letrado: Sr. Manuel Guerra Castro.
Contra: Juan Carlos Montero Raya y Ana María Reina Fuentes.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 440/2009 C, seguido en el Juzgado Mixto número Dos de Chiclana de la Frontera a instancia de María de los Santos Vera Gómez contra Juan Carlos Montero Raya y Ana María Reina Fuentes sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Juzgado Mixto número Dos de Chiclana de la Frontera.
Plaza Concepción Arenal, s/n.
Tlfnos.: 956 010 417/21/22/23. Fax: 956 010 420.
NIG: 1101542C20090001513.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 440/2009. Negociado: C.
SENTENCIA Núm. 72/2010
En Chiclana de la Frontera, a 18 de mayo de 2010.
Juez que la dicta: Doña Isabel Marín Pareja.
Procedimiento: Juicio Verbal 440/2009.
- Parte demandante:
Doña M.ª de los Santos Vera Gómez.
Procurador: Don Enrique Columé Pedrero.
Abogado: Don Manuel Guerra Castro.
Parte demandada:
Don Juan Carlos Montero Raya (en rebeldía).
Doña Ana María Reina Fuentes (en rebeldía).
Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.
«FALLO
Estimar la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Enrique Columé Pedrero, en nombre y representación de doña M.ª Santos Vera Gómez, contra don Juan Carlos Montero Raya y doña Ana María Reina Fuentes, condenando a los demandados a abonar a la actora la cantidad de 2.186,99 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente resolución a los interesados, haciéndoles saber que no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz.
Así por esta mi sentencia lo acuerdo, mando y firmo.»
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Juan Carlos Montero Raya y doña Ana María Reina Fuentes, extiendo y firmo la presente en Chiclana de la Frontera, a veintidós de junio de dos mil diez.- El/La Secretario.
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