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Procedimiento: Ejecutoria Penal 109/2009.
NIG: 4109143P20090037058.
EDICTO
Don Manuel Díaz Barrera Secretario del Juzgado de Instrucción núm. Siete de Sevilla.
Doy fe y testimonio:
Que en la Ejecutoria núm. 109/2009 se ha dictado la presente resolución:
Instrucción Sevilla núm. Siete.
Prado de San Sebastián, s/n, 41071.
Negociado: D.
Procedimiento: Ejecutoria 109/09.
AUTO
En Sevilla a tres de febrero de dos mil diez.
HECHOS
Único. Por sentencia dictada el día 25 de mayo de 2009 en este Juicio de Faltas fue condenado don Jaime Ordóñez Alfonso a la pena de 30 días de multa con cuota diaria de 6 € o y 15 días de privación de libertad en caso de impago, habiéndose oído al Ministerio Fiscal sobre la procedencia de suspender la ejecución de la pena impuesta.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Único. De conformidad con lo dispuesto en el art. 80 del Código Penal los jueces podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad inferiores a dos años, mediante resolución motivada, atendiendo fundamentalmente a la peligrosidad criminal del sujeto. En el presente caso se dan las condiciones necesarias para dejar en suspenso la ejecución de la pena impuesta y que exige el art. 81 del Código Penal, en tanto en cuanto no consta que el condenado tenga antecedentes penales computables, la pena impuesta no es superior a dos años de privación de libertad y no existen responsabilidades civiles pendientes que puedan ser satisfechas por el penado, siendo este persona que no puede considerarse criminalmente peligroso, por lo que procede dejar en suspenso la ejecución de la pena privativa de libertad a que fue condenado por tiempo de tres meses.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda la suspensión de la ejecución de la pena impuesta en la presente causa al condenado don Jaime Ordóñez Alfonso en este Juicio de Faltas por tiempo de tres meses.
Firme que sea esta resolución, en su caso, hágasela saber al condenado apercibiéndole que la suspensión concedida queda condicionada a que no delinca en el término en el que se le ha suspendido la pena.
Transcurrido dicho plazo dése cuenta para acordar.
Notífíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reforma ante este Juzgado en el plazo de tres días.
Así por este auto lo manda y firma el Ilmo. Sr. don Fernando Martínez Pérez, Magistrado/Juez del Instrucción Sevilla núm. Siete y su partido. Doy fe.
Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al interesado expido el presente que firmo en Sevilla a 29 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.
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