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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados o públicos, realizadas mediante cotejo con los originales y en los que se estampará si procediera la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.
El Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, como responsable del Registro General establecido en la misma, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, cree necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía. En consecuencia, el Servicio de Atención al Ciudadano ha acordado y esta Delegación Provincial,
RESUELVE
Primero. Hacer público el Acuerdo de 29 de junio de 2010, del Servicio de Atención al Ciudadano, por el que se delega la competencia para expedir copias autenticadas mediante cotejo al personal funcionario titular del puesto de trabajo relacionado en el Anexo de esta Resolución.
Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento, se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero. En las copias autenticadas en las que se estampe la correspondiente diligencia de compulsa en virtud de la presente delegación se indicará expresamente esta circunstancia.
Cuarto. La presente Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cádiz, 30 de junio de 2010.- La Delegada, Angelina M.ª Oriz del Río.
ANEXO
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA LA FUNCIÓN DE COMPULSA Y AUTENTICACIÓN DE DOCUMENTOS PARA SU TRAMITACIÓN ANTE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y CIENCIA EN CáDIZ
El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos, realizadas mediante el cotejo con los originales y en los que se estampará si procediera la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.
El Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, como responsable del Registro General establecido en la misma, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, cree necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía. En consecuencia, el Servicio de Atención al Ciudadano.
ACUERDA
Primero. Delegar, en el personal funcionario titular de los puestos de trabajo relacionados en el Anexo, la competencia de autenticación de copias de documentos públicos y privados, atribuida al Jefe de Servicio de Atención al Ciudadano, respecto de la documentación exigida por las distintas normas reguladoras de la gestión de los respectivos Servicios.
Segundo. La presente delegación de competencia deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y conforme al artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero. Esta delegación será revocable en cualquier momento y se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
El Jefe de Servicio de Atención al Ciudadano
Fdo.: Jose María Noble Vías.
ANEXO
Denominación del puesto:
- Código 9087910 , Secretaría General
- Código 9084910, Secretaria de la Delegada
- Código 464010, Jefe Servicio Economía Social
- Código 3275310, Dpto. Promoción Cooperativa
- Código 464210, Neg. Gestión
- Código 11814410, Sv. Cooperación Ec. y Desarrollo Tecnológico
- Código 7062410 , Dpto. Desarrollo Tecnológico
- Código 455810, Sv. Industria, Energía y Minas
- Código 457410, Dpto. Industria
- Código 459410, Dpto. Energía
- Código 455210, Dpto. Legislación
- Código 459810, Sc. Gestión de Personal y Admón. Gral.
- Código 9209010, Sc. Gestión Económica y Presupuesto
- Código 9209410, Dpto. Información
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