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Con esta fecha, el Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil, en virtud de la delegación conferida por Resolución de la Presidencia de 6 de julio de 2007, ha dictado la siguiente:
«RESOLUCIÓN
Mediante Resolución de fecha 5 de marzo de 2007 fue aprobada la Oferta de Empleo Público para tal año, siendo publicada en el Boletín Oficial del Estado número 77, de 30 marzo de 2007, y modificada por Resolución de 3 de abril de 2009 (BOP de 4 de mayo de 2009) del Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil.
Visto el informe emitido por el Servicio de Selección y Gestión de Personal de la Delegación de Recursos Humanos y Parque Móvil.
Por la presente, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el artículo 34.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
Primero. Aprobar las siguientes Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de la plaza que se detalla, incluida en la Oferta de Empleo Público de esta Corporación Provincial para 2007:
Bases que han de regir la convocatoria para la provisión, por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Técnico/a Superior en Prevención de Riesgos Laborales de la plantilla de funcionarios/as de carrera de la Diputación de Granada, incluida en su Oferta de Empleo Público del año 2007.
BASES
1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Técnico/a Superior en Prevención de Riesgos Laborales de la plantilla de funcionarios/as de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Granada, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Medios, y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo A, Subgrupo A2, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los/las aspirantes.
2.1. Para ser admitidas a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, las personas aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
a) Ser personal funcionario/a de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Granada en plaza de la Escala de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1.
b) Tener una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en la categoría profesional de pertenencia y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de título de Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica, Diplomatura Universitaria, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.
d) Estar en posesión del título de Técnico con formación de nivel superior en Seguridad en el Trabajo; Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada, conforme establece el R.D. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza convocada.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2. Los requisitos establecidos en esta Base, deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.
3. Instancias y documentación a presentar.
3.1. Las personas aspirantes presentarán instancia, ajustada al modelo que se publica en el Anexo II, en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, sita en C/ Periodista Barrios Talavera, 1, planta 0, 18014, Granada, de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas, donde será debidamente registrada. El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, bastando que el/la aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 2.ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De presentarse la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia que se remita sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada. De no ser así no podrá estimarse como presentada en fecha.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.5. Los derechos de examen serán de 25 euros que se ingresarán en la cuenta de esta Diputación número 2031/0295/68/0115170804.
A la instancia habrá de adjuntarse justificante del ingreso indicado expedido por el órgano competente.
Procederá la devolución del importe de los derechos de examen cuando, por causas no imputables al sujeto pasivo, no se realice la actividad técnica y/o administrativa, a que se refiere el art. 2.1 de la correspondiente ordenanza fiscal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen, están exentos del pago de la tasa:
- Los sujetos pasivos que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Los sujetos pasivos que acrediten, mediante el correspondiente título, su condición de miembros de familias numerosas.
3.6. Quienes pretendan puntuar en la fase de concurso presentarán, junto a la instancia antes señalada, los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. La justificación documental relativa a méritos formativos consistirá en la aportación de fotocopia por su anverso y reverso bajo el texto <<es copia del original>> suscrito por la persona solicitante, que se responsabiliza de su veracidad. Asimismo, en la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.
3.7. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil dictará Resolución declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose en el tablón de anuncios y página web de la Diputación.
4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación que se concede a quienes se excluya que, en los términos del art. 71 de la Ley 30/92, será de diez días hábiles, y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.
La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se expondrá en el tablón de anuncios y página web de la Diputación.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal de selección será designado por Resolución del Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y se compondrá de Presidente/a, 4 Vocales y Secretario/a. Se designará el mismo número de miembros titulares y suplentes para los supuestos de ausencia, enfermedad, abstención o recusación por la concurrencia de alguno de los casos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
Tal Resolución será publicada en el tablón de anuncios de Diputación de Granada, C/ Periodista Barrios Talavera, 1, así como en la página web de la Diputación.
5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la Base 6.ª de la presente convocatoria.
5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la Presidencia, Secretaría y la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.
5.4. El Tribunal podrá acordar la incorporación a las sesiones de especialistas que le asesoren en los ejercicios de la oposición, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.
5.5. Quienes componen el Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública, relacionadas o que presenten una relación de vinculación con esta convocatoria, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.6. Las personas interesadas podrán promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.
5.7. Las personas que componen el Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
5.8. La Presidencia del Tribunal exigirá a sus integrantes declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas.
5.9. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho. No obstante lo anterior, se estará a lo dispuesto en el art. 61.8, último párrafo, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.10. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y siguientes de la Ley 30/92.
5.11. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones se susciten referentes a la interpretación de las presentes Bases y su desarrollo.
6. Procedimiento de selección.
6.1. El procedimiento de selección de los/las aspirantes constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.
6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio, para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. La valoración resultante ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la base 6.10 “aplicación del concurso”. Dicha valoración ha de publicarse en el tablón de anuncios de la Diputación (C/ Periodista Barrios Talavera, núm. 1), así como en su página web, con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.
6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha, lugar y hora que indique la Resolución a la que hace referencia la base 4.ª
6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 48 horas en el tablón de anuncios de Diputación, en C/ Periodista Barrios Talavera, 1, de Granada, así como en su página web. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.
6.6. La actuación de las personas aspirantes se iniciará por orden alfabético, a partir de la primera persona de la letra “J”, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública, de 26 de enero de 2010.
6.7. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único excluyéndose de la oposición a quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
6.8. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/las opositores/as para que acrediten su personalidad.
6.9. Los/las candidatos/as deberán acudir provistos del DNI, o en su defecto, pasaporte o carnet de conducir.
6.10. Valoración de méritos. Fase de concurso:
Méritos profesionales: Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puesto de igual categoría y funciones que la plaza objeto de la presente convocatoria:
a) En Diputaciones Provinciales: 0,10 puntos.
b) En otras Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Los servicios prestados se acreditarán mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
Se valorarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial. Sin embargo, en los casos establecidos en el artículo 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el permiso de paternidad), se computará en todo caso como jornada completa.
Cursos y seminarios, congresos y jornadas: Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.
a) Por la participación como asistente:
Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos
De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.
De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.
De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.
De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.
De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.
Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
b) Por la participación como Director/a, Coordinador/a o Ponente: 0,20 puntos.
La participación en una misma actividad docente como Director/a o Coordinador/a y como Ponente o como Ponente en varias materias solo será objeto de una única puntuación.
Aplicación del concurso: Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de personas aprobadas. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:
Méritos profesionales: 5 puntos.
Cursos, seminarios, congresos y jornadas: 2 puntos.
6.11. Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todas las personas aspirantes:
Ejercicio primero: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 125 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 125 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con el temario de esta convocatoria, excluidos los temas que se indican, debiendo consignarse un número de preguntas proporcional al número de temas. El criterio de corrección será el siguiente: por cada pregunta contestada erróneamente se penalizará con 0,5 pregunta contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.
Ejercicio segundo: Se desarrollará durante un período máximo de 4 horas, y consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, fijados por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre materias objeto de la plaza que se convoca. El Tribunal podrá acordar que presenten el resultado motivado de sus análisis, propuestas, indicaciones, alternativas, etc. mediante copia en ordenador (Microsoft Office), facilitando los medios necesarios para ello.
Las personas aspirantes están dispensadas de examinarse de los 12 temas del Bloque I y de los temas 41 a 48, ambos inclusive, del Bloque II.
6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
6.13. El cómputo de la puntuación del ejercicio segundo se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.
6.14. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la Fase de oposición y de la del Concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición y, si persistiera el empate, se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio.
7. Listas de personas aprobadas.
7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios y página web de la Diputación la relación de aspirantes que hubiesen superado la misma por orden de puntuación total obtenida, en la que constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y en la fase de concurso.
7.2. La relación definitiva de las personas aprobadas será elevada al Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil, con propuesta de nombramiento de funcionario/a de carrera.
8. Presentación de documentos.
8.1. Los/las aspirantes aprobados/as dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados/as para presentar en el Servicio de Selección y Gestión de Personal de la Delegación de Recursos Humanos y Parque Móvil de esta Corporación los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.
8.2. A quienes ostenten la condición de funcionarios/as públicos/as, se les dispensará de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válida la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.
8.3. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las Bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9. Nombramiento de funcionarios/as de carrera y toma de posesión.
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil nombrará funcionarios/as de carrera a las personas aprobadas en el proceso selectivo.
9.2. El plazo para tomar posesión será de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de nombramiento.
9.3. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.
10. Base final.
10.1. Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, las Bases de la presente convocatoria junto con los Anexos que la acompañan, y supletoriamente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
10.2. Contra la convocatoria y sus bases contenidas en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer las personas interesadas recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
No obstante, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que ha dictado el acto administrativo, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la indicada publicación o cualquier otro recurso que estime procedente.
ANEXO I
BLOQUE I
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Sometimiento de la administración a la Ley y al derecho. Fuentes del derecho público. La Ley. Clases de Leyes.
Tema 4. El acto administrativo: Concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local: Sus fases. El silencio administrativo.
Tema 5. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 6. Organización y competencias municipales/provinciales.
Tema 7. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.
Tema 8. Derechos y deberes del personal al servicio de los entes locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de seguridad social del personal al servicio de las entidades locales.
Tema 9. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
Tema 10. Los contratos administrativos de las Entidades locales.
Tema 11. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del presupuesto local.
Tema 12. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía: objeto de la ley, conceptos básicos, principios generales y políticas públicas para la promoción de la igualdad de género. Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género: objeto de la ley, concepto y tipos de violencia de género. Principios rectores y derechos de las mujeres. El Plan Transversal de la Diputación de Granada 2008-2010.
BLOQUE II
Tema 1. Actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las instituciones comunitarias. Las instituciones comunitarias relacionadas con esta materia. Las directivas sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo. Las directivas del mercado interior único y su relación con la seguridad y salud en el trabajo. El concepto de seguridad en el producto y de los requisitos esenciales de seguridad de los productos.
Tema 2. El Marco Jurídico de la prevención de riesgos laborales en España. Antecedentes inmediatos. La Constitución de 1978. El Estatuto de los Trabajadores. El ámbito de la función pública. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre: Contenido, significado general y naturaleza. La ley 54/2003, de 12 de diciembre, de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales. Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. La articulación jurídica de la Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 3. Actuación de las Administraciones Públicas competentes en materia laboral. La distribución de competencias y coordinación de actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo entre las diferentes administraciones. La Inspección de trabajo y Seguridad social en relación con la prevención de riesgos laborales.
Tema 4. Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en la empresa. Sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales integrado. El plan de prevención. La asignación de responsabilidades. La planificación y la organización. La documentación. Los costes de los daños derivados del trabajo. Los beneficios de la acción preventiva.
Tema 5. Organización y responsabilidad en materia preventiva. Responsabilidad de los empresarios: administrativa, civil y penal. Responsabilidad de los trabajadores. Responsabilidad patrimonial de la administración pública. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas.
Tema 6. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo: Daños derivados del trabajo. Riesgo laboral. Protección y prevención. Prevención primaria, secundaria y terciaria. Condiciones de trabajo. Factores de riesgo. Conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Tema 7. Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la seguridad social y se establecen criterios para su notificación y registro.
Tema 8. El Reglamento de los servicios de prevención. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención. La evaluación de riesgos. La planificación de la prevención. Características y funciones de un servicio de prevención. La organización de recursos para las actividades preventivas y sus diferentes modalidades, sus funciones y requisitos. Modificaciones Introducidas por el Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo.
Tema 9. Consulta y participación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. Derechos. Delegados de prevención, su designación, garantías, competencias y facultades. Comités de seguridad y salud. Competencias y facultades de los comités de seguridad y salud.
Tema 10. Evaluación de riesgos. Concepto de la evaluación de riesgos y de la gestión de los riesgos. Tipos de evaluaciones de riesgos y metodología de evaluación. Técnicas cualitativas y cuantitativas en la gestión de riesgo.
Tema 11. Normativa básica de seguridad en lugares de trabajo: El Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Guía técnica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para la evaluación y prevención de riesgos. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
Tema 12. Normas de seguridad y señalización de seguridad. Concepto de norma de seguridad. Principios básicos requeridos en una norma de seguridad. Contenido de la norma de seguridad. Fases de implantación de una norma de seguridad. Conceptos y requisitos de la señalización de seguridad. El Real Decreto 485/97, sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo.
Tema 13. Protección colectiva e individual. Concepto de protección colectiva, criterios de elección. Análisis previo a la implantación de la protección colectiva. Equipos de protección individual. Concepto. Legislación aplicable relativa a las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. Obligaciones del empresario. Obligaciones del trabajador. El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
Tema 14. La protección de colectivos especiales de trabajadores: Trabajadores especialmente sensibles a los riesgos del trabajo. Maternidad. Parto y lactancia. Legislación vigente de protección de la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su trabajo. Legislación vigente de protección de los menores.
Tema 15. Investigación de accidentes laborales. Relación entre incidente y accidente de trabajo. Objetivos de la investigación de los accidentes de trabajo. Supuestos que se deben investigar. Metodología de la investigación de los accidentes de trabajo. Análisis estadístico. El informe resultante de la investigación de un accidente de trabajo. Propuesta preventivas tras la investigación de un accidente de trabajo. La investigación de accidentes por el método del árbol de causas.
Tema 16. Vigilancia de la salud. Metodología laboral clínica. Política de prevención. Concepto y objetivos de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral. Protocolos de vigilancia sanitaria específica. Promoción de la salud. Marco normativo regulador.
Tema 17. Exposición a Agentes Biológicos. Definición y clasificación. Origen, medios de transmisión, vías de entrada y efectos. Industrias y actividades laborales con presencia de agentes biológicos.
Tema 18. Protección de la información: protección de datos individuales en el trabajo, protección de datos médicos (medicina del trabajo, vigilancia de la salud), confidencialidad y disponibilidad de la información.
Tema 19. Condiciones ambientales en los lugares de trabajo. Iluminación de los lugares de trabajo. Servicios higiénicos y locales de descanso. Materiales y locales de primeros auxilios.
Tema 20. Planes de autoprotección. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los Centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
Tema 21. Protección contra incendios. El fuego. Productos de la combustión. Clases de fuego. Agentes extintores. Extintores de incendio, tipos, reglamentación, elección y utilización de extintores de incendio portátiles.
Tema 22. Manipulación manual de cargas, riesgos derivados y su prevención. Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso-lumbares, para los trabajadores. Guía Técnica.
Tema 23. Máquinas y manipulación de materiales. Principios básicos de seguridad en máquinas. Normativa. Certificación del producto máquina. Evaluación de los riesgos ligados a máquinas, equipos, instalaciones, herramientas, lugares y espacios de trabajo. Manipulación de materiales. Transporte mecánico de materiales. Almacenamiento de materiales.
Tema 24. Higiene industrial: Conceptos y objetivos. Ramas de la higiene industrial. Actuación y metodología para la evaluación y control del riesgo. Clasificación general de los contaminantes. Vías de entrada y efectos de los contaminantes sobre el organismo.
Tema 25. Riesgo eléctrico. Conceptos y definiciones. Accidentabilidad. Efectos de la corriente eléctrica. Instalaciones de alta tensión. Instalaciones de baja tensión. Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Guía técnica.
Tema 26. Ambiente térmico. Efectos del calor y el frío sobre el organismo. Ecuación del balance térmico. Métodos de valoración para la exposición. Índice de WBGT (“Wet bulbe globe temperature”). Índice IREQ (aislamiento requerido de la vestimenta). Índice de sudoración requerida, etc. Control de las exposiciones. Principales medidas preventivas.
Tema 27. Contaminantes físicos: Ruido en el trabajo, sus efectos. Evaluación de la exposición al ruido. Control de la exposición al ruido: medidas organizativas y técnicas. EPIs. Real decreto 1316/1989 y Directiva 2003/10/CE sobre ruido.
Tema 28. El medio ambiente físico. La iluminación y la tarea visual. Conceptos generales. Mecanismos visuales. Características y tipos de alumbrado. Características y tipos de iluminación.
Tema 29. Toxicología: Clasificación de los agentes químicos según su estado y forma. Vías de entrada en el organismo. Interacciones con el organismo. Daños derivados del trabajo a corto y largo plazo. Factores determinantes de la toxicidad. Efectos aditivos y sinérgicos. Valoración del riesgo.
Tema 30. Riesgo en el almacenamiento y manipulación de productos químicos peligrosos. Evaluación del riesgo químico. Medidas de protección. Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias.
Tema 31. Límites de exposición profesional para agentes químicos. Evaluación de la exposición a agentes químicos: Norma UNE-N 689, criterios y límites de exposición ambiental y biológicos.
Tema 32. Residuos tóxicos y peligrosos. Definiciones y conceptos generales. Obligaciones de los productores. Medidas de protección individual e higiene personal. Etiquetado de los residuos tóxicos y peligrosos.
Tema 33. Diseño ergonómico de los puestos de trabajo. Clasificaciones de la ergonomía. Principios ergonómicos aplicables para el diseño del puesto de trabajo. Bases antropométricas estáticas y dinámicas. Marco jurídico.
Tema 34. La psicología de la seguridad. Evolución y antecedentes. El conductismo. Percepción del riesgo: factores determinantes, conductas ante la percepción del riesgo.
Tema 35. La organización del tiempo de trabajo. Objetivos. Ritmos biológicos del organismo humano. Diferentes horarios laborales y su organización. El trabajo a turnos y el trabajo nocturno. Organización, factores a tener en cuenta en su implantación. Variables individuales. Influencia del factor tiempo.
Tema 36. Carga mental de trabajo: Factores determinantes y características de la carga mental. Efectos derivados y su prevención. Métodos de evaluación basados en factores de carga inherentes a la tarea. Métodos de evaluación basados en las alteraciones fisiológicas, psicológicas y de comportamiento de los individuos. La fatiga mental: Concepto, prevención de la fatiga mental.
Tema 37. Riesgos psicosociales y su prevención. Concepto de riesgos psicosociales. Método de evaluación. El Estrés laboral. Hostigamiento psicológico en el trabajo. “Burnout”. “Bulling”. La adicción al trabajo. El acoso sexual. Técnicas de intervención, en el sujeto y en la organización.
Tema 38. Trabajo con pantallas de visualización de datos, normativa de aplicación, riesgos derivados y su prevención, diseño ergonómico de puestos con pantallas de visualización de datos. El Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización de datos. Guía técnica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para la evaluación y prevención de los riesgos derivados del trabajo con pantallas de visualización de datos.
Tema 39. Inspecciones de seguridad: concepto y objetivos de la inspección de seguridad. Tipos de inspecciones. Metodología de la inspección de seguridad. Explotación de los resultados.
Tema 40. La formación en prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. Planes y programas. Métodos y técnicas formativas. Enseñanza en las empresas. Las nuevas tecnologías aplicadas a la formación: El Open learning. La evaluación.
Tema 41. Organismos e instituciones nacionales con competencia en materia de prevención de riesgos laborales: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo. Otros organismos nacionales competentes. Órganos autonómicos con competencias en materia de prevención de riesgos laborales.
Tema 42. Auditoría del sistema de prevención de riesgos laborales. Las auditorías externas legales. Requisitos y autorización por la autoridad laboral de las personas o entidades especializadas en la realización de auditorías. Sistemas de auditoría.
Tema 43. Notificación y registro de accidentes. Aspectos legales de la notificación. Registro de accidentes. Estadística de accidentes. Índices de accidentes. Aplicación de la estadística al ámbito preventivo. Valoración de los costes de los accidentes de trabajo: humano y económico. Análisis coste/beneficio de la prevención.
Tema 44. Primeros auxilios, nociones básicas de actuación en emergencias y evacuación. Valoración inicial del lesionado. Reanimación cardiopulmonar. Manejo del paciente inconsciente. Hemorragias. Paciente quemado. Choque eléctrico. Golpe de calor. Hipotermia y congelación. Intoxicaciones. Accidente de tráfico. Luxaciones y fracturas. Movilización de heridos y transporte adecuado.
Tema 45. Drogodependencias en el medio laboral. Conceptos generales. Adicciones más frecuentes. Prevención. El tabaquismo en la empresa, prevención y tratamiento, legislación actual.
Tema 46. Riesgos laborales en lavanderías: Equipos de trabajo. Protecciones colectivas y equipos de protección individual. Condiciones termohigrométricas. Manipulación manual de cargas. Contacto térmico. Riesgo eléctrico y riesgo de incendio.
Tema 47. Técnicas de negociación. El proceso de negociación. Estrategias y tácticas de negociación. Asertividad. Comunicación. Distintas formas de cerrar una negociación. Factores de éxito en la negociación.
Tema 48. Comunicación e información: La comunicación en prevención. Canales y tipos. Información. Condiciones de eficacia.
Segundo. Ordenar la publicación de esta convocatoria de pruebas selectivas y de sus correspondientes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 6 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.»
Granada, 24 de mayo de 2010.- El Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil, Francisco Javier Torices Pino.
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