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NIG: 1101242C20090003204.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 40/2009. Negociado: 1.
EDICTO
Juzgado: Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Uno de Cádiz.
Juicio: Familia. Divorcio Contencioso 40/2009.
Parte demandante: José Murga López.
Parte demandada: Isabel Grosso Calderón.
En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor siguiente:
En Cádiz a 24 de mayo de 2010.
Doña M.ª del Carmen Fornell Fernández, Magistrada-Juez del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Uno ha visto los presentes autos de Divorcio seguidos con el núm. 40/09 con intervención del Ministerio Fiscal a instancia de don José Murga López representado por la Procuradora Sra. Guerrero y con la asistencia letrada del Sr. Beardo Gutiérrez contra doña Isabel Grosso Calderón en situación de rebeldía procesal.
Fallo: Que estimando la demanda de interpuesta por la procuradora de los Tribunales Sra. Guerrero Moreno en nombre y representación de don José Murga López contra doña Isabel Grosso Calderón, debo declarar y declaro el divorcio y en consecuencia la disolución del matrimonio formado por ambos litigantes con los efectos legales que al mismo son inherentes y en particular los siguientes:
- Se atribuye la guarda y custodia del hijo menor al padre, sin perjuicio de la patria potestad compartida de ambos progenitores y sin que proceda la fijación de régimen de visitas alguno en relación al mismo.
- Se establece la obligación de la Sra. Grosso Calderón de contribuir en la suma de 150 € mensuales en concepto de alimentos para su hijo y en 50% de los gastos extraordinarios que se originen, dichas sumas deberán ser ingresadas dentro de los cinco primeros días del mes en la cuenta que al efecto se designe por la parte actora.
- No procede establecer cantidad alguna en concepto de alimentos para la hija mayor de edad Elena Murga Grosso.
- No procede hacer especial imposición de costas dada la naturaleza del presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en plazo de cinco días y del que conocerá en su caso la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz.
Una vez firme la presente resolución líbrese oportuno oficio al Registro Civil en que consta inscrito el matrimonio de los litigantes.
Así lo acuerda, manda y firma doña M.ª del Carmen Fornell Fernández, Magistrada-Juez del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Uno de Cádiz. Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por resolución de fecha 17.6.2010, de conformidad con lo dispuesto en el art. 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En Cádiz, a diecisiete de junio de dos mil diez.- El/La Secretario/a Judicial.
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