Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 29/07/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Orden de 15 de julio de 2010, por la que se efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2010, de las subvenciones destinadas a financiar los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales andaluzas con entidades de crédito para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales, en colaboración con el Servicio Público de Empleo Estatal y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario.

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Mediante el Decreto 310/2009, de 28 de julio (BOJA núm. 148, de 31 de julio), se establecieron las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2009 de las subvenciones destinadas a financiar los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales andaluzas con entidades de crédito para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales, en colaboración con el Servicio Público de Empleo Estatal y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario. En la disposición adicional segunda, apartado 1 de dicho Decreto se establece que la persona titular de la Consejería de Gobernación (actualmente de Gobernación y Justicia de conformidad con el artículo 2 del Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías) aprobará, anualmente, mediante Orden la correspondiente convocatoria de subvenciones a las Diputaciones Provinciales andaluzas.

En virtud de las facultades que me confiere dicha disposición adicional,

RESUELVO

Primero. Realización de convocatoria y plazo de presentación de solicitudes en el ejercicio 2010.

Efectuar la convocatoria para el ejercicio 2010 de las subvenciones reguladas en el Decreto 310/2009, de 28 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras y se convoca para el ejercicio 2009 las subvenciones destinadas a financiar los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales andaluzas con entidades de crédito para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales, en colaboración con el Servicio Público de Empleo Estatal y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario, estableciendo el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de marzo de 2011, salvo que se conceda una prórroga por el Servicio Público de Empleo Estatal, en cuyo caso el plazo de presentación de solicitudes se ampliará hasta la fecha en que dicha prórroga concluya.

Las solicitudes se acompañarán de la documentación establecida en el artículo 8.3 del Decreto 310/2009, de 28 de julio.

Segundo. Financiación.

La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo a los créditos consignados en la partida presupuestaria 763.00 «Transferencias de capital a Corporaciones Locales» del programa 81 A «Cooperación económica y coordinación con las Corporaciones Locales» correspondiente al estado de gastos de la Consejería de Gobernación y Justicia dentro del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía que apruebe el Parlamento de Andalucía para las anualidades correspondientes. Su concesión estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en este ejercicio, pudiéndose adquirir compromisos por gastos de carácter plurianual en las condiciones previstas en el artículo 40 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y demás normas de desarrollo de ésta, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.3 del Decreto 310/2009, de 28 de julio.

Tercero. Anexos.

Esta convocatoria se acompaña de los distintos modelos normalizados que figuran como Anexo al Decreto 310/2009, de 28 de julio, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 2, del mencionado Decreto.

Sevilla, 15 de julio de 2010

LUIS PIZARRO MEDINA

Consejero de Gobernación y Justicia

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