Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 03/08/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 20 de julio de 2010, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se conceden ayudas a Entidades Locales para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo Escolar, así como para la atención al alumnado inmigrante para el curso 2010-2011.

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1. Vista la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, en la que se establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social en la lucha contra el absentismo escolar, y consolidará el compromiso con la igualdad de oportunidades.

2. Que en su artículo 19 determina que la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía adoptará medidas que faciliten que el alumnado cuyas familias se dediquen a tareas agrícolas de temporada, o profesiones itinerantes, permanezca escolarizado en los centros docentes de su localidad de origen para favorecer un proceso educativo sin interrupciones.

3. Visto el Decreto 167/2003, de 17 de junio, que en su artículo 13.1 recoge que la Consejería de Educación podrá conceder a las Entidades Locales ayudas económicas para la realización de actuaciones que favorezcan la inserción socioeducativa del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas.

4. Vista la Resolución del Parlamento Andaluz en la sesión celebrada los días 25 y 26 de junio de 2003, en la que tomó el Acuerdo de instar al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a elaborar un Plan Integral de Lucha contra el Absentismo Escolar.

5. Visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 25 de noviembre de 2003, por el que se aprueba el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, en el que se contempla la suscripción de convenio de colaboración entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Entidades Locales.

6. Vista la Orden de la Consejería de Educación de 8 de enero de 2008 (BOJA de 4 de febrero), por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones con la finalidad de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como la atención al alumnado inmigrante, instrumentalizadas a través de Convenios de Cooperación.

7. Vista el Acta de la Comisión Provincial de Valoración de los Proyectos de Programas de Prevención del Absentismo Escolar , de 23 de abril de 2010, en la que se elaboró un informe de los distintos proyectos presentados, al amparo de la convocatoria de la citada Orden de regulación de la cooperación con Entidades Locales para el desarrollo de Programas de Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, así como la atención al alumnado inmigrante.

8. Vista la Propuesta realizada por la Jefa del Servicio de Ordenación Educativa de esta Delegación, una vez conocidas las partidas económicas disponibles comunicadas por la Dirección General de Participación e Innovación Educativa, sobre la concesión y denegación de las subvenciones.

9. Visto que los distintos proyectos incluyen la atención de necesidades que no es posible garantizar mediante la prestación de los Servicios Complementarios de la enseñanza ordinarios, a través del Plan de Apertura de Centros o cualquier otra medida desarrollada por la Administración de la Junta de Andalucía.

10. Visto el Título VII (artículos 113 y subsiguientes), del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 53, de 18.3.2010) y que relaciona las normas reguladoras de las subvenciones.

Esta Delegación Provincial de Educación en Cádiz,

HA RESUELTO

1.º Conceder las siguientes ayudas a los proyectos presentados a las entidades locales que a continuación se citan.

ENTIDAD LOCALIDAD SUBVENCIÓN
CONCEDIDA
Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz Villamartín 95.026 €
Ayuntamiento Chiclana de la Frontera 15.000 €
Ayuntamiento Sanlúcar de Barrameda 15.000 €
Ayuntamiento Vejer de la Frontera 12.000 €

2.º Excluir a los Ayuntamientos de Algeciras y Medina Sidonia ya que no estaban al corriente de sus obligaciones tributarias, a la fecha de la Propuesta de Resolución.

3.º Denegar las ayudas a las restantes entidades solicitantes por falta de disponibilidades presupuestarias:

ENTIDADES LOCALIDAD
Ayuntamiento Tarifa
Ayuntamiento La Línea
Ayuntamiento Ubrique
Ayuntamiento Jerez
Ayuntamiento Barbate
Ayuntamiento El Bosque
Ayuntamiento Alcalá de los Gazules
Ayuntamiento Jimena
Ayuntamiento Castellar
Ayuntamiento Grazalema
Ayuntamiento Benaocaz
Ayuntamiento Villaluenga del Rosario

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Cádiz, 20 de julio de 2010.- La Delegada, Blanca Alcántara Reviso.

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